Fiscalía propone inhabilitar por tres años a notario
Fiscalía propone inhabilitar por tres años a notario

Tres años después de presentada la denuncia, el Ministerio Público ha formalizado la acusación fiscal contra Harrison Hugo Castillo Caballero y Gino Emilio Ernesto Barnuevo Cuéllar, por los delitos de falsedad ideológica y fraude procesal.

El más perjudicado con el requerimiento de acusación N° 98, del fiscal provincial penal Ramiro Álvaro Pacheco Huaroto, es el notario, para quien ha propuesto la inhabilitación de tres años en el ejercicio de la profesión.

Además, pidió cuatro años de prisión por el presunto delito de falsedad ideológica. La misma cantidad de años para Castillo Caballero el mismo delito y otros cuatro años por falsedad ideológica en su forma de uso.

DENUNCIA. El 16 de diciembre del 2016, Gianina de Jesús Caipo Berrocal formuló denuncia penal por los citados delitos a Castillo Caballero, el notario, y Omar Fredy Díaz Olaechea.

El notario ha cuestionado la acusación fiscal y denunció que, el 30 de octubre del año pasado, con la disposición N° 07 se dio por concluida la investigación preparatoria. Después de nueve meses, recién el 24 de julio de este año, se presentó la acusación penal ante el Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria que despacha el juez César Nilton Mayo Cortéz.

Barnuevo aseguró que el mismo 24 de julio, a las 8:10 de la mañana, presentó la exclusión del fiscal por la demora en emitir el fallo después de culminada la investigación preparatoria. El abogado está seguro que, tras conocer el pedido, en el transcurso del mismo día, decidió emitir la acusación penal.

El notario adelantó que en el transcurso de los días formulará denuncia por prevaricato contra el fiscal Pacheco Huaroto por haber considerado en la acusación penal a Caipo Berrocal como agraviada cuando, el 16 de julio de este año, la Primera Sala Penal de Apelaciones de Ica declaró inadmisible el recurso de casación interpuesto por la denunciante de que era parte agraviada.

“El fiscal tenía conocimiento, al 16 de julio, de que Caipo Berrocal no es la parte agraviada en el proceso penal, pero ocho días después, dice que sí es agraviada y ordena una reparación civil de 50 mil soles. Por eso, lo vamos a denunciar por prevaricato”, aseguró.

Precisó que al declararse inadmisible la casación, la denunciante ya no es parte del proceso. “Desde ese momento, mis acciones, sean delito o no, no le han perjudicado”, remarcó.

Barnuevo espera la notificación formal de la acusación y que el juez Mayo Cortéz fije fecha para el control de acusación para presentar los documentos de que Caipo Berrocal ya no es parte agraviada en el proceso pese a que ella fue quien presentó la denuncia.

EXCLUIDO. El notario Gino Barnuevo aseguró que en 2016 fue denunciado por los mismos delitos y que en 2017 fue excluido del proceso. También señaló que la investigación fue enviada al archivo por el fiscal Giancarlo Talavera, en 2018.

Fiscalía cuestiona entrega de carta poder

Según la acusación fiscal, Gianina De Jesús Caipo Berrocal es la parte agraviada que “habría mantenido una relación de convivencia” con Hugo Nahud Castillo Medina por más de 11 años.

El 29 de marzo del 2016, este cae enfermo y su hijo, Harrison Hugo Castillo Caballero, habría aprovechado su estado para declararse su heredero con la presunta ayuda del notario Barnuevo Cuéllar.

Antes de su deceso, Castillo Medina era gerente general y accionista mayoritario de la empresa Solviv SAC y además era propietario de diversos bienes inmuebles.

El fiscal dice que el hijo, asesorado por el abogado Díaz Olaechea, se contacta con la notaría Barnuevo Cuéllar para que “se redacte una escritura pública de otorgamiento de poder” por el cual se le otorgaban facultades judiciales, administrativas, laborales, bancarias y otros.

En la escritura pública de poder general amplio y especial se habrían insertado declaraciones falsas respecto a la verificación o constancia de la fe notarial de la capacidad, libertad y conocimiento de lo que otorgaba el padre a favor de su hijo Castillo Caballero al estar “desahuciado y sin esperanzas de vida”. Por ello, “no existían las condiciones necesarias para que Hugo Nahud Castillo Medina, haya podido manifestar su voluntad en el acto jurídico de otorgamiento de ese poder general a favor de su hijo”, en abril de 2016.

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