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Pisco: Municipalidad Distrital de Paracas rechaza la futura planta desalinizadora

Actual gestión municipal de Paracas habría encontrado diferentes irregularidades que llevaron a que el permiso sea denegado

Redacción Diario Correo

Actualizado el 17/05/2023, 06:48 p.m.

Las intenciones de la empresa GCM PERU LTDA SAC de operar como empresa desalinizadora de agua de mar en el distrito de Paracas podrían quedar truncas, después que la actual gestión del alcalde, Omar Bohórquez Huertas, emitiera una resolución donde establece nulidad de los actos administrativos por parte de esta empresa.

Documento municipal

En el 2014, esta empresa comenzaría a realizar los trámites en el municipio distrital para la ejecución del proyecto “Instalación y operación de la planta desalinizadora de agua de mar”, presentando una serie de documentos para obtener la licencia de edificación modalidad “D” que finalmente la obtendría en año 2020 en la gestión de la alcaldesa Rosario Ramírez Gamboa.

Pero lo que se ha conocido en la actualidad es que hubo irregularidades en el procedimiento administrativo para obtener este permiso, irregularidades que en su momento se dieron a conocer mediante Resolución Gerencial N°027-2020-GDU-MDP, declarando ese improcedente el pedido de la empresa privada, pero lo curioso del caso es que ese mismo año se emitiría la Resolución Gerencial N° 084-2020-GDU-MDP, de fecha 29 de octubre del 2020, donde declaran procedente dicho permiso.

Una carta remitida por la Asociación de Pescadores artesanales del distrito de San Andrés (Aspadsa), donde se indicaban todos los vicios cometidos durante el procedimiento administrativo por parte de la empresa sería la clarinada de alerta para el asesor legal, quien emitiría un potente informe donde desnudaría todas las faltas cometidas por esta empresa privada.

Debido a la información acopiada y la opinión del asesor legal del municipio, el pasado 25 de abril se emitiría la Resolución de Resolución de Alcaldía N° 148-2023-MDP/ALC, donde establece que la resolución de Gerencial N° 084-2020-GDU-MDP de fecha 20 de octubre del 2020, se encuentra viciada de nulidad por agraviar la legalidad y el interés público, por las razones expuestas en la parte considerativa.

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