El texto sustitutorio del proyecto de Ley 297, presentado por el legislador Carlos Enrique Alva Rojas, que propone modificar el artículo 6 de la Ley General de Hidrocarburos, y diversos artículos de la Ley de Organización y Funciones de Perupetro S.A., busca fortalecer institucionalmente a la empresa Perupetro S.A, con el propósito de incrementar las reservas y producción de hidrocarburos y depender cada vez menos del petróleo importado y lograr el autoabastecimiento.
“Estamos dando un gran avance en para lograr un funcionamiento eficiente en Perupetro. La inclusión de un segundo párrafo en el artículo 6 de la Ley 26221 y en el artículo 3 de la Ley 26225, referidas al objeto social de la empresa, brindará mayor certidumbre a los inversionistas respecto de las competencias de las entidades del sector hidrocarburos y evitará la sobrecarga administrativa”, sostiene Alva Rojas.
Además, en este proyecto de ley se precisan las restricciones para los miembros del Directorio de Perupetro, en el sentido que no puede estar conformado por funcionarios o empleados públicos, dado que ello permitirá tener un mayor abanico de posibilidades en cuanto a profesionales con experiencia en el ámbito de hidrocarburos para mejorar la gestión de empresa.
Con relación a la modificación de los artículos 12, 13, 16, 18 y 24 de la Ley 26225, que se refieren a los requisitos personales y profesionales que deben acreditar los que pretendan aspirar a ser presidente del Directorio, director, gerente y otros funcionarios de Perupetro S.A, el parlamentario de Acción Popular señala que es vital esta modificación porque así permitirá tener a profesionales con mayor capacidad para el manejo del sector.
“Estos profesionales deben reunir experiencia previa en funciones relacionadas con las actividades de exploración y explotación de hidrocarburos, entendiéndose como experiencia previa el conjunto de aptitudes y conocimientos en gestión empresarial y contratación en hidrocarburos, con perfiles profesionales que se ajusten a las necesidades específicas de la materia; tomando como filtro el nivel adquirido dentro de otras entidades del Estado relacionadas con la industria petrolera y afines, este tamiz garantiza que solo algunos funcionarios o empleados públicos de alto nivel y con experiencia puedan aspirar a la dirección de Perupetro, en concordancia con su MOF (Manuel de Organización y Funciones), emitido por Acuerdo de Directorio 059-2021 del 01 de octubre del 2021″, agrega el congresista.