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La Libertad: Ingresan proyecto de ley para permitir que El Porvenir maneje los recursos de Alto Trujillo

Hasta que se elijan e instalen las nuevas autoridades por elección popular. Una vez aprobado el proyecto de ley, la PCM tendrá 30 días para adecuar los reglamentos
Hasta que se elijan e instalen las nuevas autoridades por elección popular. Una vez aprobado el proyecto de ley, la PCM tendrá 30 días para adecuar los reglamentos.

Redacción Diario Correo

Actualizado el 02/05/2023, 10:08 a.m.

El alcalde de la Municipalidad Distrital de El Porvenir, Juan Carranza Ventura, saludó el trabajo de los dirigentes y los congresistas de la República de iniciar esta cruzada en beneficio de los 90 mil habitantes de Alto Trujillo.

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Carranza Ventura señaló que el proyecto Ley Nº 4840-2022-CR fue presentado el 27 abril por la Congresista de República del grupo parlamentario de Acción Popular Silvia María Monteza Facho, con la modificación de la primera y segunda disposición complementaria transitoria de la Ley 31644, Ley de creación del distrito de Alto Trujillo.

La autoridad edil añadió que el proyecto de ley precisa que la administración de recursos y prestación de servicios públicos, en tanto se elijan e instalen las nuevas autoridades por elección popular en el distrito de Alto Trujillo, estarán a cargo de la Municipalidad Distrital de El Porvenir, además del recurso reasignados a la nueva suscripción, de conformidad con el numeral 14,1 del artículo 14 del reglamento de la Ley 27555.

Asimismo, en la segunda disposición se indica que la Municipalidad Distrital de El Porvenir debe constituir una junta de delegados vecinales comunales de carácter transitorio, cuyo alcance comprenda al distrito de Alto Trujillo, hasta que se elijan e instalen las nuevas autoridades en dicho distrito, la cual estará encargada de realizar las funciones comprendidas en la ley 27972, ley Orgánica de Municipalidades.

Finalmente, informó que de acuerdo a la norma de disposiciones complementarias finales se faculta a la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM), a adecuar los reglamentos vinculados a la presente ley, en un plazo no mayor de 30 días calendarios.

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