Los jueces titulares del Segundo Juzgado Penal Colegiado de esta Corte Superior de Justicia declararon de oficio la libertad procesal de 23 acusados presuntos integrantes de la organización “Los Dragones Rojos”, en La Libertad.
Esta decisión se fundamentó en el vencimiento del plazo máximo de prisión preventiva, así como en el hecho de que el representante del Ministerio Público no solicitó su prolongación. La medida coercitiva inició el 12 de marzo de 2015 y venció el 23 de abril de este año.
La exacarcelación de los dichos acusados por exceso en la duración de prisión preventiva fue ordenada en aplicación del artículo 272, que en su inciso 1 establece que “la prisión preventiva no durará más de nueve meses”, y en su inciso 2 dispone que “tratándose de procesos complejos, el plazo límite de la prisión preventiva no dudará más de 18 meses”.
El colegiado integrado por los magistrados Juan Alex Cubas Bravo, Jorge Luis Quispe Lecca y Juan Julio Luján Castro impusieron reglas de conducta a los 23 acusados en mención, entre ellas no ausentarse de Trujillo sin previa autorización judicial; asistir a las audiencias de juzgamiento; y no comunicarse con los testigos y/o peritos citados durante el juzgamiento, ya sea en forma personal o a través de terceras personas, entre otras.
Cabe precisar, que este proceso proviene del Juzgado Penal de Investigación Preparatoria de Chepén y fue declarado complejo, habiéndose presentado el requerimiento acusatorio el 15 de noviembre de 2017, a pesar de que el fiscal tuvo más de dos años para presentar la acusación. Actualmente está en etapa de juicio oral siendo 52 los acusados.