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Tribunal Constitucional declara infundada demanda del Colegio de Abogados de La Libertad

Medida buscaba la prescripción de deudas de grandes empresas a la Sunat
Tribunal Constitucional declara infundada demanda del Colegio de Abogados de La Libertad

Redacción Diario Correo

Actualizado el 22/09/2020, 01:34 p.m.

El pleno del Tribunal Constitucional (TC) declaró hoy infundada la demanda interpuesta por el Colegio de Abogados de La Libertad, con la que se buscaba la prescripción de las deudas de grandes empresas a la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria (Sunat).

Los magistrados Eloy Espinosa-Saldaña Barrera, Manuel Miranda Canales, Carlos Ramos Núñez y Marianella Ledesma se pronunciaron por la inconstitucionalidad de la demanda; mientras que Augusto Ferrero Costa y Ernesto Blume votaron en sentido opuesto. El magistrado José Luis Sardón de Taboada, en tanto, se inhibió.

Durante el debate, Ernesto Blume, ponente de la demanda, propuso declarar fundada la demanda interpuesta por el Colegio de Abogados de La Libertad y, en consecuencia, declarar inconstitucional la Primera Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Legislativo DL 1421.

La referida norma, promulgada por el Ejecutivo el 2018, precisa la forma de calcular el plazo de cuatro años que tiene la Sunat para cobrar las multas que impone durante su labor de supervisión.

Se estima que en virtud a ella, el Estado podrá reclamar deudas tributarias por S/ 10 mil millones a grandes empresas nacionales y transnacionales.

Como se recuerda, el Colegio de Abogados retiró la demanda, que presentó la anterior gestión de esa orden profesional en febrero del 2019. Sin embargo, la misma fue debatida hoy.

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