El Gobierno publicó este jueves el Decreto de Urgencia que establece el subsidio a las empresas de transporte público con el objetivo de que siguen operando durante el estado de emergencia y acatando los protocolos para evitar contagios de coronavirus (COVID-19).

En la norma, el Ejecutivo señaló que el "subsidio se calcula en función a los costos operativos, los cuales se determinan a través de los kilómetros recorridos por las unidades de transporte público".

Además, precisó que el subsidio se otorga por el plazo de 30 días calendario a partir de la fecha de inicio determinada en el decreto supremo.

En el decreto supremo se remarcó que las empresas de transporte público deben cumplir con el aforo (número de asientos permitidos) y las disposiciones sobre limpieza y desinfección de los vehículos.

No obstante, aclaró que no accederán a la compensación económica los servicios de transporte terrestre regular de personas de ámbito provincial concesionados en el marco de las normas de promoción de la inversión privada.

El Gobierno precisó que la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU) será la encargada de otorgar el subsidio a las empresas de transporte público que circulan en la capital y la provincia constitucional.

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