La ONPE informó que hay más de 500 mil miembros de mesa a nivel nacional que podrán ser multados si no cumplen con su labor. (Foto: Andina)
La ONPE informó que hay más de 500 mil miembros de mesa a nivel nacional que podrán ser multados si no cumplen con su labor. (Foto: Andina)

El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), a través del , declaró el lunes 27 de enero como un día no laborable no compensable para quienes se desempeñen como miembros de mesa durante las Elecciones Congresales Extraordinarias 2020, que se realizarán el próximo domingo 26 de enero.

Según el dispositivo publicado este miércoles en el diario El Peruano, para dicho efecto los empleadores de los sectores público y privado deberán adoptar las medidas pertinentes para el cumplimiento de lo establecido.

El día de las elecciones, la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) otorgará a cada miembro de mes un Certificado de Participación por haber cumplido con su deber cívico, el cual deberá ser presentado a su empleador al momento de reintegrarse a sus labores para gozar del beneficio.

Asimismo, quedó establecido que los trabajadores que presten servicios en ámbitos geográficos distintos a su lugar de votación, siempre que acrediten haber ejercido su derecho al voto, no laborarán los días viernes 24, sábado 25, domingo 26 y lunes 27 de enero del presente año.

En el caso de los trabajadores del sector privado, mediante acuerdo entre el empleador y el trabajador, se establecerá la forma como se hará efectiva la recuperación de los días no laborados; a falta de acuerdo, decidirá el empleador.

Mientras que, en el sector público, los titulares de las entidades adoptarán las medidas necesarias para garantizar la adecuada prestación de los servicios de interés general, disponiendo además la forma para la recuperación de los días dejados de laborar.

En el caso de los trabajadores que laboren el mismo día de las elecciones, tendrán derecho a periodos de tolerancia en el ingreso o durante la jornada de trabajo para ejercer su derecho de voto.

Las personas que actúen como miembros de mes en las elecciones y cuyas jornadas de trabajo coincidan con dicha fecha, están facultadas para no asistir a sus centros de labores, y los empleadores dispondrán la forma de recuperación y/o compensación de las horas dejadas de laborar.

El presente decreto supremo es refrendado por el presidente Martín Vizcarra; el titular del Consejo de Ministros, Vicente Zeballos y la ministra de Trabajo y Promoción del Empleo, Sylvia Cáceres.

Los miembros de mesa tendrán como día no laborable compensable el 27 de enero, el día después de las elecciones 2020. (El Peruano)
Los miembros de mesa tendrán como día no laborable compensable el 27 de enero, el día después de las elecciones 2020. (El Peruano)