El próximo 15 de noviembre es la fecha límite para el depósito de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), un beneficio social que corresponde al periodo semestral de mayo a octubre de 2023. Para aquellos que aún no conocen la forma de calcular este monto, aquí les explicamos los detalles.
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Álvaro Gálvez, gerente del Centro Legal de la Cámara de Comercio de Lima (CCL), subraya la importancia de este beneficio otorgado por empresas de diversos tamaños, desde microempresas hasta grandes corporaciones. Su propósito es ayudar a los trabajadores a prepararse para futuros desafíos después de la finalización de su empleo o cubrir necesidades personales y familiares mientras buscan reincorporarse al mercado laboral.
¿Cómo se determina la CTS?
La CCL ha proporcionado pautas claras sobre cómo calcular la CTS, que varía según el tipo de empresa y el tiempo trabajado en el semestre en cuestión. En el caso de medianas y grandes empresas, si un trabajador ha trabajado durante todo el semestre, su CTS será el 50% de su salario de octubre de 2023, más una sexta parte de la gratificación recibida en julio de 2023.
Por ejemplo, si el salario del trabajador es de 1,500 soles, su CTS será de 750 soles, más 250 soles (una sexta parte de la gratificación recibida), lo que suma un total de 1,000 soles en CTS.
Si el trabajador no ha trabajado todo el semestre, su CTS será una sexta parte de su salario por cada mes laborado, además de una sexta parte de la gratificación que haya recibido en ese período.
Pequeñas empresas
Para las pequeñas empresas, cuyos ingresos anuales no superan las 1,700 UIT, se aplican diferentes reglas:
- Si la pequeña empresa no está inscrita en el Registro de Micro y Pequeña Empresa (Remype), todos sus trabajadores, tanto antiguos como nuevos, tienen derecho a la CTS según las reglas generales que se aplican a las medianas y grandes empresas.
- Si la pequeña empresa está registrada en el Remype, los trabajadores contratados antes de su registro tienen derecho a la CTS según las reglas generales. Sin embargo, aquellos contratados después de la inscripción de la empresa en el Remype tienen derecho al 50% de lo que correspondería bajo el régimen general.
Microempresas
En el caso de las microempresas, cuyos ingresos anuales no superan las 150 UIT, también se aplican diferentes escenarios:
- Si la microempresa no está inscrita en el Remype, todos sus trabajadores tienen derecho a la CTS según las reglas generales.
- Si la microempresa está inscrita en el Remype, los trabajadores contratados antes de su registro tienen derecho a la CTS según las reglas generales. Sin embargo, los trabajadores contratados después de la inscripción de la empresa en el Remype no tienen derecho a la CTS.
Verificación de depósitos
Es responsabilidad del empleador proporcionar a cada trabajador, dentro de los 5 días hábiles después del depósito, una liquidación que contenga información esencial como la fecha y el número de la constancia de depósito bancario, el nombre o razón social del empleador, el nombre del trabajador, detalles sobre la remuneración que se incluye en el cálculo, el periodo cubierto y el nombre del representante de la empresa que firma la liquidación.
¿Trabajadores con menos de 1 mes de trabajo cobran CTS?
Un punto importante a tener en cuenta es que, según la CCL, los trabajadores que hayan estado empleados por menos de un mes al 30 de octubre de 2023 no recibirán el depósito de la CTS que vence el 15 de noviembre de 2023. En su lugar, los días trabajados se acumularán para el periodo de noviembre de 2023 a abril de 2024, y la CTS acumulada se depositará hasta el 15 de mayo de 2024.
Es fundamental recordar que, de acuerdo con la ley, algunos trabajadores no tienen derecho a este beneficio, como aquellos que trabajan menos de cuatro horas al día, quienes ganan el 30% o más de las tarifas que paga el público, empleados de microempresas contratados después de la inscripción de la empresa en el Remype, trabajadores que reciben remuneración anual integral y aquellos bajo el régimen laboral agrario que eligen cobrar su CTS junto con su salario (Ley 30110 y DS 005-2021-MINAGRI).