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¿Qué papeletas corresponde pagar ante el SAT de Lima?

La entidad de la Municipalidad de Lima recordó que se encuentran vigentes los beneficios de descuentos de entre 55% y 85% para aquellas personas que paguen las papeletas
A fin de evitar que los ciudadanos salgan de sus viviendas para cumplir con sus obligaciones, el SAT de Lima ofrece un descuento adicional del 5% a quienes paguen a través de Internet, bancos y agentes bancarios. (Foto: GEC)

Redacción Diario Correo

Actualizado el 09/07/2020, 11:04 a.m.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT), entidad de la Municipalidad de Lima, informó a la ciudadanía que las papeletas que le corresponde cobrar son las relacionadas a infracciones al Reglamento Nacional de Tránsito, transporte de carga y vehículos menores.

Asimismo, precisó que las papeletas que no se pagan ante el SAT son las vinculadas al transporte público: transporte regular de pasajeros, servicio de taxi, transporte escolar, transporte personal y turístico, las cuales deberán cancelarse ante la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU).

El SAT de Lima detalló qué papeletas le corresponde cobrar. (Difusión)

Remarcó que las costas y gastos generados en cobranza coactiva deberán ser cancelados ante el SAT.

La entidad de la Municipalidad de Lima recordó que se encuentran vigentes los beneficios de descuentos de entre 55% y 85% para aquellas personas que paguen las papeletas impuestas por infracciones de tránsito, transporte de carga y vehículo menor, así como multas administrativas.

-Descuento adicional del 5% por pagos virtuales-

A fin de evitar que los ciudadanos salgan de sus viviendas para cumplir con sus obligaciones, el SAT de Lima ofrece un descuento adicional del 5% a quienes paguen a través de Internet, bancos y agentes bancarios. El beneficio se aplicará sobre el importe total del saldo insoluto de las multas pendientes correspondientes al ejercicio 2020, impuestas hasta el 20 de mayo, y años anteriores.

Para los pagos fraccionados, los descuentos fluctuarán entre 40% y 70%, según el año de la infracción de tránsito, transporte de carga, transporte en vehículo menor y de la multa administrativa.

Los beneficios se aplican desde el 21 de mayo del presente año y rigen por 90 días.

Para mayor información, los ciudadanos deben visitar la página web www.sat.gob.pe, escribir al correo asuservicio@sat.gob.pe o al fanpage SAT de Lima. También pueden llamar a Aló SAT (01) 315-2400 o escribir a los números de WhatsApp.

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Papeletas de tránsito

SAT de Lima

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