A través de la Resolución Jefatural Nº 085-2020/SIS, publicada este sábado en El Peruano, el SIS aprobó la transferencia a diversos hospitales y otras unidades ejecutoras a nivel nacional para el financiamiento de los servicios funerarios. (Foto: Hugo Curotto/GEC)
A través de la Resolución Jefatural Nº 085-2020/SIS, publicada este sábado en El Peruano, el SIS aprobó la transferencia a diversos hospitales y otras unidades ejecutoras a nivel nacional para el financiamiento de los servicios funerarios. (Foto: Hugo Curotto/GEC)

El Seguro Integral de Salud (SIS) aprobó la transferencia de S/6 millones 439 mil a diversos hospitales y otras unidades ejecutoras a nivel nacional para el financiamiento de los servicios funerarios (cremación y/o inhumación) de sus afiliados que hayan fallecido con sospecha o diagnóstico confirmado del nuevo coronavirus (COVID-19).

A través de la , publicada este sábado en El Peruano, señala que las unidades ejecutoras que reciban las transferencias financieras por la UE 001 SIS por prestaciones administrativas para su incorporación, deben registrarse en una secuencia funcional exclusiva para recursos SIS, en la Actividad 5006269 “Prevención, Control, Diagnóstico y Tratamiento de Coronavirus”.

Además, que los recursos a que se refiere a la aprobación de la transferencia financiera no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son autorizados, las mismas que están sujetas a monitoreo, supervisión y liquidación financiera.

En mayo de este año el SIS transfirió S/6 millones 555 mil por el mismo concepto a más de 55 hospitales a nivel nacional, así como a una Dirección de Redes Integradas de Salud ((Diris) de Lima, algunas Direcciones Regionales de Salud (Diresas) y redes de salud.

La entidad precisó que a la fecha ya son 13 millones los transferidos por el SIS para financiar los gastos de inhumación o cremación de los asegurados que fallezcan por COVID-19, al amparo del Decreto de Urgencia N° 039-2020.

El SIS indicó que su función en estas circunstancias es brindar el respaldo financiero y garantizar la gratuidad de los servicios funerarios de sus afiliados fallecidos por COVID-19, ya sea inhumación o cremación, reconociendo los gastos que hayan efectuado los establecimientos de salud para este fin.

Asimismo, que este apoyo financiero humanitario se extiende también para las personas sin seguro en condición de calle víctimas de la pandemia.