“Bolo pretende reevaluación de los medios probatorios en el recurso extraordinario”
“Bolo pretende reevaluación de los medios probatorios en el recurso extraordinario”

Luego que el pasado 8 de noviembre, el exalcalde provincial de  José Bolo Bancayán presentó el recurso extraordinario, en el que alega la afectación al debido proceso y a la tutela procesal efectiva, al no haberse expedido una resolución fundada en derecho y con estricta aplicación de principio de legalidad, la regidora Juana Infante solicitó al JNE que la declare improcedente.

IMPROCEDENCIA. Juana Infante presentó el escrito ante el JNE el pasado 15 de noviembre, en el cual explica que el recurso extraordinario de José Bolo Bancayán no se circunscribe a sustentar una afectación al debido proceso y a la tutela procesal efectiva, sino que pretende una reevaluación de los medios probatorios, asunto que no es materia de un recurso extraordinario, de conformidad a varias razones de hecho y derecho

La regidora y solicitante de la vacancia de Bolo Bancayán resalta que el artículo 181 de la Constitución, señala que el pleno del JNE aprecia los hechos con criterio de conciencia, resuelve con arreglo a ley y a los principios generales de derecho.

IRREVISABLES. En materias electorales, de referéndum o de otro tipo de consultas populares, sus resoluciones son dictadas en instancia final, definitiva y no son revisables. Contra ellas no procede recurso alguno.

Remarca que un recurso extraordinario no elimina la condición jurídica de que las resoluciones del JNE son instancia final, definitiva y que no son revisables; su carácter de impugnabilidad se mantiene, limitándose el recurso extraordinario únicamente al análisis de la probable afectación de las garantías que conforman el debido proceso y la tutela procesal efectiva, es decir el irrestricto respeto de los derechos fundamentales procesales de las partes intervinientes.

Asimismo, señala que José Bolo no ha presentado ningún fundamento jurídico que cuestione la claridad expositiva y razones jurídicas del JNE.

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