Juzgado dicta sentencia de alimentos en audiencia que duró solo 18 minutos
Juzgado dicta sentencia de alimentos en audiencia que duró solo 18 minutos

En audiencia única que duró apenas 18 minutos y tras valorar las pruebas presentadas, el Tercer Juzgado de Paz Letrado de la Corte de  ordenó el pago de una pensión de alimentos para dos menores.

Esto fue posible por el plan piloto implementado desde el 1 de diciembre en el referido juzgado, a cargo de la jueza Mary Meca Querevalú, y que se basa en la aplicación de los principios de oralidad e inmediatez.

El plan permite reducir la duración de los procesos judiciales referidos a pensión, reducción, aumento, prorrateo y exoneración de alimentos.

La innovadora práctica comprende la oralización de toda la audiencia, desde la admisión de medios probatorios, alegatos de ambas partes y la sentencia con su respectivo fallo, lo cual antes se hacía por escrito.

Esta experiencia evita que el juez se convierta en mero transcriptor de lo que alegan las partes procesales.

Cabe señalar que el principio de inmediación permite, asimismo, el contacto directo del juez con las partes procesales y la valoración de los medios probatorios durante la audiencia única.

La sentencia puede ser impugnada y revisada posteriormente por un juzgado especializado de familia.