Empresas deberán constituirse exclusivamente a través del SID-Sunarp
Empresas deberán constituirse exclusivamente a través del SID-Sunarp

En el marco del estado de emergencia Nacional convocado por el Poder Ejecutivo para frenar el avance del COVID-19 y conscientes de la importancia de promover acciones que permitan la reactivación de la actividad económica en y todo el país, la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos ha implementado una serie de iniciativas que tienen por objetivo alentar la formalización en este periodo de desaceleración económica.

En ese sentido, la Sunarp, en coordinación con el Colegio de Notarios, dispuso que la constitución de empresas se realice obligatoriamente a través del Sistema de Intermediación Digital (SID-Sunarp), plataforma tecnológica que permite iniciar el procedimiento registral electrónicamente sin necesidad de llenar formularios físicos ni acudir a una oficina de la Sunarp, y todo ello bajo altos estándares de seguridad.

“Con el SID-Sunarp se elimina el soporte papel en el procedimiento registral, se establece una comunicación inmediata al correo electrónico del ciudadano sobre el estatus del trabajo notarial y registral, y lo más importante, se garantiza una mayor rapidez en el trámite registral, pues la calificación no supera los dos (2) días hábiles. La plataforma viene funcionando con éxito desde hace algún tiempo, pero esta emergencia sanitaria nos da la oportunidad de potenciar nuestros servicios en línea a fin de garantizar la salud e integridad de nuestros usuarios”, explicó el Superintendente Nacional de los Registros Públicos, Manuel Montes Boza.

De acuerdo a la resolución publicada hoy en el Diario Oficial El Peruano, la constitución de empresas a través del SID-Sunarp será obligatoria para las sociedades anónimas abiertas, sociedades anónimas cerradas, sociedades comerciales de responsabilidad limitada y empresas individuales de responsabilidad limitada, formas jurídicas que usualmente adoptan las micro, pequeñas y medianas empresas. La medida también está dirigida para las medianas y grandes empresas.

Inicialmente, la inscripción exclusiva de sociedades estará disponible en las Oficinas Registrales de Lima y Callao, toda vez que las coordinaciones para su implementación se han efectuado con ambos distritos notariales, pudiendo ampliarse a todo el ámbito territorial en las siguientes semanas.

Esta iniciativa se suma a la propuesta de prórroga por tres años de la exoneración del pago de tasas registrales para la constitución de una empresa, cuyo capital social sea hasta 1 Unidad Impositiva Tributaria (UIT), siempre que sean tramitadas a través de los Centros de Desarrollo Empresarial (CDE), medida aprobada por el Ejecutivo mediante Decreto Supremo N° 006-2020-Produce.

La exoneración de tasas registrales constituye un incentivo para la constitución de las Mypes y trae consigo una serie de beneficios como la oportunidad real de acceder a un grupo de herramientas y servicios que les permitan desarrollarse y aumentar sus ventas, mayor productividad, mayor posibilidad de posicionamiento, acceso y expansión de mercados, participar en ferias y ruedas de negocios, mejorar las condiciones de los trabajadores involucrados, acceso al financiamiento, entre otros.