Padres que deben pensión estarán fuera de las nuevas gestiones municipales
Padres que deben pensión estarán fuera de las nuevas gestiones municipales

A poco tiempo para que los candidatos ganadores en las últimas elecciones inicien su gestión, se debe advertir que el decreto legislativo 1377 impide que los padres que no cumplen con sus hijos accedan a un puesto de trabajo en una institución pública. Es decir, aquellos que luego de apoyar en campaña esperan gozar de un cargo no podrán lograr su cometido si es que no cumplen con sus hijos.

La abogada Sandra Gutiérrez Iquise resalta que el articulo 10 de la ley 28970 crea el Registro de Deudores Alimentarios Morosos.

Mediante este registro, indica,se restringe la postulación y el acceso al servicio civil en el sector público si no se cancela antes la deuda, o se autoriza el descuento por planilla u otro medio, previo a la suscripción del contrato. Asimismo, ordena a las oficinas de recursos humanos de las entidades públicas y privadas a verificar semestralmente el Registro de Deudores Alimentarios Morosos .

En este sentido el mencionado artículo indica expresamente:

“ La persona inscrita en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos puede postular y acceder al servicio civil en el Estado, o ser designado funcionario o directivo de confianza, o contratar con el Estado, siempre que cancele el registro o autorice el descuento por planilla o por otro medio de pago del monto de la pensión mensual fijada en el proceso de alimentos, previo a la suscripción del contrato o la expedición de la resolución de designación correspondiente”.

Además, indican que Las oficinas de recursos humanos de las entidades públicas y privadas, o las que cumplan dichas funciones, verifican semestralmente el Registro de Deudores Alimentarios Morosos para la suscripción o propuesta de suscripción de la autorización de retención de la contraprestación o descuento por planilla de sus remuneraciones del trabajador, según sea el caso.