A través de la Resolución Subgerencial 000902-2024 el 27 de agosto la Oficina Nacional de Procesos Electorales declaró procedente la solicitud de expedición de formatos para la recolección de firmas de adherentes y del kit electoral en el proceso de revocatoria contra el alcalde provincial de Tacna Pascual Güisa Bravo, solicitado por la ciudadana Margarita Antonia Limache.
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Dispone al gestor de atención al ciudadano de la jefatura de área de atención registre el kit y lo entregue. Cabe anotar que tras reunirse las firmas necesarias la consulta popular de revocatoria se realizaría el 8 de junio del 2025.
Promotora subsanó observaciones
Margarita Antonia Limache subsanó en dos días las observaciones planteadas por el órgano electoral. En su solicitud de revocatoria la ciudadana señaló como causal que el alcalde no estaba cumpliendo sus promesas electorales.
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Se requiere el 25% de los electores de una provincia, a fin de pasar a la siguiente etapa del proceso de revocatoria. En caso de no alcanzar el número necesario de adherentes se comunicará al promotor para que presente más hasta el 21 de noviembre de este año.