Para independizar una parte del inmueble por herencia o compra de algún familiar se debe tramitar la partida registral en SUNARP. El trámite se denomina independización y los costos por calificación es de s/. 64.00 y por derecho de inscripción del inmueble S/ 17.00.
La independización evita confrontaciones entre sus herederos e instalación de servicios por separado. Según SUNARP en los primeros meses del presente año, se han inscrito 6,719 independizaciones. A continuación cono los beneficios.
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¿Qué beneficios me genera el independizar un inmueble?- Facilita los actos particulares que se desee realizar sobre cada una de ellas.
- Al independizar una zona o piso, obtengo una partida exclusiva para cada una de ellas.
- Al contar con una partida para cada piso.
- Obtención de préstamos otorgando como garantía hipotecaria la zona que he independizado.
- Puedo vender cada piso independizado y obtener una ganancia.
- Puedo transferir a favor de mis herederos un espacio físico determinado y evitar futuros conflictos familiares.
- Facilita la instalación de servicios básicos independientes, pues cada uno contará con un medidor propio de agua o luz y consecuentemente pagará lo que efectivamente consume.
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¿Requisitos que pide SUNARP para independizar un inmueble?- Solicitud de inscripción de título (formulario de distribución gratuita) debidamente llenado y firmado
- Resolución municipal, formulario único de habilitación urbana (FUHU), plano municipal de subdivisión y memoria descriptiva debidamente sellado y visado, donde debe precisarse el área, linderos y medidas perimétricas de cada uno de los predios resultantes.
- Planos y código de referencia catastral de los predios resultantes emitido por la municipalidad respectiva. Si la municipalidad no contara con catastro implementado presentar constancia negativa de catastro.
- Documento privado con firmas certificadas notarialmente en el que conste el consentimiento de los copropietarios que no hubieran intervenido en el trámite de subdivisión, en caso de copropiedad.
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Pago de derechos registrales.Recuerda que los trámites de independización para el caso de terrenos, son inicialmente de incidencia municipal y deben estar aprobados bajo los parámetros de una autorización y posterior certificación. Posteriormente, deberán ser ingresados a Registros Públicos para que cada inmueble tenga su propia partida y correspondiente numeración y nomenclatura.
Una vez concluida la independización de un inmueble, queda pendiente el trámite por la titularidad. Para ello, se debe acudir a un notario y firmar una escritura pública de adjudicación.