Tribunal español anula pensión de alimentos que padre daba a su hija de 31 años
Tribunal español anula pensión de alimentos que padre daba a su hija de 31 años

Una decisión favorable de parte de la Audiencia de Granada, en España, fue la que obtuvo un hombre divorciado de su pareja que pidió que se anulara la sentencia que lo obligaba a pasar una pensión de alimentos a su hija de 31.

De acuerdo a Europapress.es, la sala revocó la sentencia porque sostuvo que no compartía la tesis del Juzgado de Primera Instancia de Guadix, que dispuso el pago de la pensión de 150 euros para la hija del hombre. 

La decisión de la Audiencia de Granada tomó como fundamentos que la mujer ya había culminado sus estudios y que había entrado incluso en el mercado laboral por un tiempo indeterminado.

Si bien la sala reconoció que la ley estipula que cuando hay un pleito matrimonial, se pueda fijar una pensión de alimentos para los hijos mayores de edad que no cuenten con ingresos, aclaró que solo "ha de comprender lo "que es indispensable para el sustento, habitación, vestido, asistencia médica, educación y formación".

Además, la Audiencia de Granada determinó que casos como ese la pensión solo es "temporal" hasta que los hijos terminen sus estudios o se incorporan al mundo laboral. Una vez que ocurre algo así, "la pensión carece de fundamento y se extingue. 

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