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Opinión: 30 años de incentivos temporales | CORREO
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Opinión

30 años de incentivos temporales

Columna de opinión | Excongresista de la República, Nuevo Perú

Alberto Quintanilla Chacón
Foto del autor: Alberto Quintanilla Chacón
Alberto Quintanilla Chacón
Actualizado el 09/12/2020 08:18 a.m.

La Ley 27360 de promoción agraria, vigente desde diciembre del 2000, se derogó el 6 de diciembre por la Ley 31087 de promoción agraria, tras una semana de protestas y dos lamentables muertes.

Aquella ley estableció beneficios al sector agrario exportador. Solo pagaba 15% de impuesto a la renta y no 30% como las demás, permitía depreciar activos a una tasa del 20% anual y la recuperación anticipada del IGV.

Reducía los beneficios laborales, daba salarios de 39.19 soles diarios incluyendo gratificaciones y CTS. Además, establecía que los empleadores solo pagarían el 4% y no 9% a ESSALUD, reduciendo las vacaciones a solo 15 días.

La Ley 27360 promulgada por Alberto Fujimori y su ministro de Agricultura, José Chlimper, ejecutivo de Agrokasa (puerta giratoria), establecía como plazo de estas exoneraciones tributarias y reducción de derechos laborales 10 años. En el 2006, el 22 de julio, mediante la Ley 28810, con Alejandro Toledo como presidente y premier Pedro Pablo Kuczynski, ampliaron su vigencia hasta el 31 de diciembre del 2021.

Con el Decreto de Urgencia 043-2019, en diciembre 2019, el presidente Martín Vizcarra amplió la vigencia hasta el 31 de diciembre del 2031, fijando el periodo vacacional a 30 días. A su vez, aumentó progresivamente las contribuciones a ESSALUD.

Dar beneficios especiales y temporales por 30 años, es convertirlos en permanentes, lo que impide un manejo sano de la economía, además de costarle al país, aproximadamente 250 millones de soles anuales.

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