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La Ley de Recursos Naturales señala que quien haga uso de estos se encuentra obligado a realizar un pago, el cual puede denominarse canon, regalía o derecho. Estos pagos buscan que la sociedad en su conjunto se beneficie por la explotación del recurso natural que es de todos los peruanos, así como que se pueda contar con recursos suficientes para asegurar que el Estado cumpla adecuadamente su rol de fiscalización.

En el caso de la industria pesquera, la extracción está gravada con el derecho de pesca. Al respecto, surge una polémica, que se resume en que si este derecho debería ser incrementado a más del doble, es decir, a más de $8 por TM de pescado.

La industria no se opone al pago ni al aumento, pero sí sostiene que cualquier incremento debe darse cuando el sector genere renta económica a fin de no afectar su competitividad. En el último proyecto publicado, la industria tendría que pagar dicho incremento en escenarios donde no genera renta, que a la luz de los últimos años han sido casi el 80% de las veces.

Por otro lado, es necesario sincerar todos los pagos o cargas regulatorias que hoy realiza la industria pesquera y que si bien no están considerados dentro del rubro derechos de pesca deberían formar parte de este. Así, a los derechos de pesca ($3.75) se deberían sumar los pagos que se realizan por segmento satelital ($1); programa de vigilancia ($6) y subvención pensionaria a tripulantes ($3.3).

Confiamos en que el tema de los derechos de pesca será analizado y debatido técnicamente transparentando todos los pagos que hoy realiza la industria y que, con distintos nombres, representan el derecho de pesca.