Recordemos que la fórmula presidencial del expresidente José Pedro Castillo Terrones, para las elecciones presidenciales de 2021, incluía como primera vicepresidente a la abogada Dina Ercilia Boluarte Zegarra y, como segundo vicepresidente, al exgobernador regional Vladimir Cerrón Rojas.

Este último fue tachado por el Jurado Electoral de Lima Centro 1, por haber sido sentenciado en el 2019, por los delitos de negociación incompatible y aprovechamiento indebido del cargo. Esas fueron las condiciones en las que ganaron las elecciones. Después del fallido golpe de Estado que pretendió dar Castillo Terrones, por mandato constitucional fue la “única vicepresidenta” la que asumió el cargo y hoy se encuentra sentada en la Silla de Pizarro.

Con fecha 15 de mayo último, a través del Oficio N°126-2023-PR dirigido al presidente del Congreso, la presidenta presentó un proyecto de ley para modificar la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y, así tener la capacidad para desarrollar sus funciones de manera remota, en tanto pudiera encontrarse en el extranjero.

La principal justificación radica en la inexistencia de un vicepresidente que pueda asumir tal encargatura. El Artículo 115° de la Constitución Política del Perú señala expresamente que ante la ausencia del presidente, quien asume funciones es el vicepresidente, dispositivo que no puede ser aplicado por el motivo previamente expuesto.

Sabemos que a raíz de la pandemia, las regulaciones laborales se han desarrollado ampliamente en el extremo del trabajo remoto, teletrabajo y demás. Sin embargo, la pretensión presidencialista, de ser aprobada, modificaría el mandato de nuestra Carta Fundamental, lo cual sólo puede ser legal, a través de una reforma constitucional. Lo cierto es que, la Comisión de Constitución del Congreso de la República ya ha aprobado por mayoría el proyecto de ley. Veremos en la cancha a nuestros notables constitucionalistas.