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DE LA DEFENSA A LA INDEFENSIÓN, columna de José Tello Alfaro

Experto en temas electorales

José Tello Alfaro

Actualizado el 01/02/2026, 08:34 a.m.

El país enfrenta un problema institucional de primer orden con la reciente sentencia del Poder Judicial que declara culpable a la actual procuradora general del Estado, María Caruajulca, por los delitos de abuso de autoridad y omisión de funciones, rehusamiento o demora de actos funcionales, este caso no es un hecho menor ni un simple episodio judicial del pasado.

En este caso no se juzga únicamente una conducta individual cometida cuando ejercía como procuradora de la Municipalidad de Comas. Lo que está en juego es la coherencia del Estado consigo mismo, la legitimidad del Sistema de Defensa Jurídica y el estándar ético que se exige, o se tolera, en las más altas esferas del poder público.

El artículo 39 de nuestra Constitución es claro: Los funcionarios públicos están al servicio de la Nación. Esto implica que tiene que existir un estándar reforzado de idoneidad, probidad y conducta funcional, especialmente en quienes ocupan cargos de alta responsabilidad. La razón de ser de un procurador es actuar, denunciar y defender, pero qué ocurre cuando eso no se da?. Pues, pasamos de la defensa a la indefensión del Estado, así de simple.

La autoridad de una procuradora general no solo debe ser legal sino también debe ser moral. Es por ello, que hago un llamado al Ministerio de Justicia de evaluar urgentemente la permanencia de María Caruajulca, teniendo en cuenta que su falta de idoneidad para el ejercicio del cargo afecta la institucionalidad de todo un sistema transversal a todo el Estado Peruano. Asimismo, el Congreso y los órganos de control deben revisar los criterios de designación, permanencia y remoción de las máximas autoridades en salvaguarda del principio de idoneidad de la función pública, el cual cuando es ignorado no fortalece las instituciones: las debilita.

DE LA DEFENSA A LA INDEFENSIÓN, columna de José Tello Alfaro

Experto en temas electorales

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