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No es un secreto que EE.UU. no es Estado Parte de la Corte Penal Internacional (CPI), la mayor instancia supranacional penal universal. Tampoco lo es que la CPI, que se conduce por el denominado Estatuto de Roma (1998), tiene jurisdicción y competencia sobre las personas que son nacionales o no de los Estados signatarios del Estatuto. Así como lo lee, apreciado lector. Entonces, a la luz de la reciente decisión soberana de Washington de retirar la visa a la fiscal general de la Corte Penal Internacional, la jurista gambiana Fatou Bensou, por buscar acusar a las tropas estadounidenses en sus operaciones en Afganistán imputadas en el criterio jurídico de haber cometido diversos delitos contemplados en el referido Estatuto. Responderé jurídicamente porque así es como corresponde a este tema. 1° La CPI no tiene facultades para someter bajo su jurisdicción a militares estadounidenses que hayan sido imputados responsables de delitos cometidos fuera del territorio de los Estados Unidos. Lo relevante que la comisión del ilícito penal se produzca para perseguir su juzgamiento pues para el derecho penal es irrelevante la nacionalidad del autor, importando, en cambio, el lugar de la comisión del acto penal. De ahí que si un soldado estadounidense comete un delito en Afganistán debería ser proceso de manera incontrastable por la justicia de Kabul -en la injusta realidad eso no pasa- pero nunca por la CPI pues EE.UU. no es Parte de esta Corte. 2° La CPI ni por asomo podría procesar a los estadounidenses que se encuentren fuera del territorio de EE.UU. porque el gobierno del país más poderoso de la Tierra -y no porque lo sea-, simplemente no ha expresado su voluntad de aceptar de manera vinculante los mandatos de la CPI. Ningún Estado que no sea Parte de una instancia supranacional puede quedar obligado a dicha Corte. 3° La medida adoptada por EE.UU. de sancionar a algunos de los funcionarios de la CPI retirándoles la visa, aunque nos parezca arbitraria y abusiva, es soberana. Dentro y fuera de los Estados, el Derecho siempre regula y termina siendo lo único garantista con que cuentas los hombres; y, 4°E.UU. es el hegemón del mundo y por eso no será parte de la CPI.