El presidente de la República tiene la atribución de “dirigir mensajes al Congreso en cualquier época y obligatoriamente, en forma personal y por escrito, al instalarse la primera legislatura ordinaria anual. Los mensajes anuales contienen la exposición detallada de la situación de la República y las mejoras y reformas que el Presidente juzgue necesarias y convenientes para su consideración por el Congreso” (artículo 118.7 CP). Se trata de una disposición que contiene la estructura de todo mensaje presidencial obligatorio y anual. Es un discurso realista, exige realizar un diagnóstico del país basado en datos concretos y no pareceres personales. La propuesta de mejoras a implementar evidencia la preparación del ejecutivo para atender las responsabilidades del cargo representativo. No son ni corresponden promesas de campaña. El discurso presidencial también debe contener la propuesta de reformas que considere necesarias para ponerlas en consideración del legislativo; por tanto, no se improvisan en el pleno “ni se sacan del sombrero”, deben estar acompañadas de sendos proyectos de ley refrendados por sus ministros para pasar a las respectivas comisiones de estudio.

A pocos días del discurso presidencial del 28 de julio, la situación del país no permitirá relativismos sobre su real gravedad. Tampoco serán válidas las excusas que culpen a la oposición política, cuando llevamos cuatro gabinetes en doce meses de gobierno; menos la oportunidad para insistir con cambios estructurales de nueva Constitución que sólo producirán mayor incertidumbre y división entre ciudadanos, inseguridad jurídica para la inversión privada e inestabilidad política para atender la necesidades urgentes e importantes del país.

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