No hay duda de la naturaleza multicultural de nuestra sociedad, lo cual está reconocido y protegido por nuestra Constitución. En un Estado social y democrático como el nuestro, los ciudadanos somos depositarios de derechos fundamentales y sociales que buscan el bienestar individual y general de la colectividad.

La tutela jurisdiccional efectiva es un poder-deber y derecho que se materializa en invocar ante las autoridades jurisdiccionales que resuelvan un caso concreto. Respecto de las comunidades campesinas y nativas esta tutela se concreta cuando sus miembros acuden a sus autoridades jurisdiccionales comunales para obtener la protección de sus derechos. La unidad de la función jurisdiccional no debe ser entendida excluyendo el derecho a la jurisdicción especial de las comunidades indígenas y nativas. Así lo dispone el Artículo 149 de nuestra Constitución.

Dicha función jurisdiccional comunal tiene sus límites que consisten en el respeto de los derechos fundamentales. El Tribunal Constitucional en la sentencia recaída en el expediente 2765-2014 AA/TC, ha considerado ciertos contenidos mínimos y flexibles en cuanto a la impartición de justicia comunal. Frente a la comisión de faltas, el TC ha señalado que el acusado goce de mínimas garantías como: el derecho de la persona acusada de tomar un conocimiento certero de los hechos que se le atribuyen para ejercer su derecho de defensa, el derecho a que las faltas y sus respectivas sanciones estén adecuadamente reguladas en el estatuto de la comunidad, el derecho a que la persona acusada tenga la oportunidad y el tiempo necesario para preparar su defensa, de conformidad al derecho consuetudinario.

Lo ocurrido con los periodistas de canal 4 en la presente semana, no tiene nada que ver con justicia comunal. Los hechos ocurridos son delitos. Es grave que el primer ministro, vocero oficial del gobierno, ponga en duda ello. Más grave aún que en dicho contexto alabe el rol de las rondas campesinas que no ejercen función jurisdiccional y a la vez minimice y critique el rol de las Fuerzas Armadas y Policía nacional. Sus excusas tardías no reparan el  honor de nuestras fuerzas del orden. Renuncie.