Se discute, en esta campaña electoral, la inmunidad parlamentaria, su naturaleza y alcances. Los que plantean su eliminación argumentan que se la usa para evadir la justicia, para otros su vigencia permite que el Poder Legislativo pueda fiscalizar adecuadamente al Poder Ejecutivo.

La inmunidad Parlamentaria es uno de los mecanismos que, como parte de la división de poderes y la mutua fiscalización, a través de su uso adecuado permite combatir la corrupción y el abuso del poder.

No se requiere eliminarla, sino modificarla. No se puede dejar la decisión de levantarla en manos del mismo Poder Legislativo, porque ellos, la han usado para eludir al Poder Judicial y Ministerio Público. “Otorongo no come otorongo”.

Es conveniente mantenerla para las opiniones políticas y el sentido de los votos, en el ejercicio de la función parlamentaria, por lo que, el 2016 propusimos un proyecto de ley, que el Poder Judicial a través de la Corte Suprema sea el encargado de decidir su levantamiento, a aquellos congresistas que deban ser investigados y/o, juzgados por la presunta comisión de delitos.

¿Por qué la Corte Suprema? Porque tiene la misma jerarquía constitucional que el Congreso y porque se trata de un poder especializado en resolver conflictos, así como juzgar la comisión de delitos.

Es necesario entender la inmunidad parlamentaria es un mecanismo de protección al ejercicio adecuado de las funciones legislativas y fiscalizadoras, en una adecuada división y equilibrio de poderes.