Hoy será la presentación del gabinete al Congreso para la exposición de la política general del gobierno y plantear la cuestión de confianza (artículo 130 CP). El reglamento parlamentario denomina a este acto como la investidura, palabra que ha calado y forma parte de la discusión política cada vez que se nombra un nuevo primer ministro. ¿Es correcto el concepto de investidura en la Forma de Gobierno peruana? Se trata de una institución que proviene del parlamentarismo. Una vez elegida la asamblea legislativa, la primera fuerza política recibe del jefe de Estado el encargo de formar gobierno, ya sea con mayoría propia o consensuada con los partidos más afines con su posición política. Si logra la votación exigida, el primer ministro habrá sido investido y podrá gobernar. Por tanto, sin investidura el gabinete saliente se mantiene en funciones hasta que pueda nombrarse un nuevo primer ministro que lo suceda en el cargo.

En el Perú denominamos como investidura al acto de confirmación de la decisión presidencial sobre su primer ministro, la cual se produce cuando aprueba la cuestión de confianza que plantea una vez finalizada su exposición y debate en el hemiciclo. Una vez nombrado el presidente del Consejo de Ministros tiene treinta días para presentarse al Congreso con su gabinete, pero mientras corren los días cumple las funciones constitucionales de ser el principal portavoz del presidente, coordina el trabajo de los ministros y refrenda decretos legislativos, de urgencia y resoluciones (artículo 123 CP), tres competencias que no podría ejercer sin la investidura propiamente dicha. La necesidad presidencial de confirmar con el parlamento el nombramiento de su primer ministro tiene la finalidad de producir gobernabilidad, especialmente en un Congreso con bancadas que se fragmentan en el tiempo comprometiendo su predictibilidad al momento de decidir.