Los órganos de gestión descentralizada del Ministerio de Educación, Direcciones Regionales de Educación (DRE) y Unidades de Gestión Educativa Local (UGEL), deben fomentar, según la Ley General de Educación (LGE), la universalización, calidad y equidad de la educación, fortaleciendo las capacidades de decisión de las Instituciones Educativas (IE) para que actúen con autonomía pedagógica y administrativa para favorecer la diversificación educativa.

Por eso, faculta a las IE a elaborar, “aprobar”, ejecutar y evaluar el Proyecto Educativo Institucional, así como su plan anual y su reglamento interno en concordancia con su línea axiológica y los lineamientos de política educativa nacional. En lo referente al Proyecto Curricular Institucional, establece que cada una de ellas construye su propuesta, que tiene “valor oficial”. No obstante, muchas DRE y principalmente UGEL, con sus continuas directivas y oficios, exigen a los colegios la presentación de “papeles y más papeles”, anulando las prerrogativas que la LGE les otorga. Esto ocurre con las escuelas públicas y privadas.

De otro lado, la ley dice que el Estado, en concordancia con la libertad de enseñanza y la promoción de la pluralidad de la oferta educativa, reconoce, valora y supervisa la educación privada. Sin embargo, se observa que un gran sector de las UGEL del país -confundiendo y desvirtuando su rol supervisor- viene mostrando en los últimos años una intromisión asfixiante en colegios particulares de probada calidad a nivel nacional.

Ante esta situación, no bastan las buenas expresiones de las altas autoridades del Minedu en el sentido de que esto será superado. Es fundamental que se desarrollen mecanismos efectivos para que la mayoría de las UGEL cambien esa equivocada actitud y cumplan con la LGE.

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