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Magistral sentencia del TC por María del Pilar Tello (OPINIÓN)

Columna de opinión

María del Pilar Tello

Actualizado el 26/02/2022, 07:55 a.m.

La Sentencia del Tribunal Constitucional recaída en la ley que desarrolla la cuestión de confianza -4 votos conformes sobre 6- es un documento políticamente excepcional que, con base en principios jurídicos y éticos, enaltece al colegiado que cumple tan alta misión. Los magistrados Ferrero, Blume y Sardón nos entregan la mejor interpretación de la Constitución que concluye que “la Ley 31355, no adolece de ninguna inconstitucionalidad formal o sustantiva”. Para llegar a ella debieron descartar la ponencia de Espinoza Saldaña que reiteraba la distorsión contenida en la sentencia que por mayoría aprobó el TC sobre la Disolución del Congreso del 30 de septiembre 2019, decretada por Martín Vizcarra, por supuesta denegatoria fáctica. Los tres magistrados rescatan con gran autoridad el valor de sus votos singulares emitidos en aquella oportunidad, y lo hacen para justificar su desestimatoria de la demanda presente. Dejan en claro que no han cambiado de opinión, que se reafirman para fundamentar con brillo y excelencia su posición en el respeto al principio de la separación de poderes que funda nuestra organización estadual. En el caso anterior votaron por no permitir que el Ejecutivo hiciera cuestión de confianza sobre reformas constitucionales o atribuciones constitucionales exclusivas del Congreso ya que ello implicaba someterlo y abjurar del pluralismo consustancial a la democracia…”Nunca consideramos que la Constitución permitiera hacer cuestión de confianza sobre proyecto de ley de reforma constitucional ni sobre atribuciones constitucionales exclusivas del Congreso u otros organismos constitucionalmente autónomos” Y agregan “Si el Ejecutivo no puede observar una ley de reforma constitucional, menos puede hacer cuestión de confianza de un proyecto que la contenga”. Impecable. Nos queda todavía reseñar el análisis, contenido en la misma sentencia, sobre la consecuencia del cierre del Congreso que fue la ausencia de control parlamentario, durante la dramática pandemia. Esta justa sentencia de los magistrados Ferrero, Blume y Sardón enorgullece nuestro constitucionalismo. Seguiremos.

Magistral sentencia del TC por María del Pilar Tello (OPINIÓN)

Columna de opinión

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