La discusión sobre la crisis política parece reducirse en cómo detener la continuidad del presidente de la República como jefe de Estado y seguir personificando a la Nación, sumada a las múltiples atribuciones reconocidas por la Constitución peruana dentro y fuera del artículo 118 CP. La dimensión de la crisis de institucionalidad que observamos distrae la atención a otros aspectos casi normalizados: la orfandad política. Las preguntas previas a la decisión congresal se resumen en dos: (1) ¿qué pasará cuando el presidente sea separado del ejercicio del poder? (2) ¿Nos encontramos realmente preparados para una sucesión presidencial? Cualquiera sea el resultado de necesaria decisión parlamentaria, desde el remedio más improbable (renuncia presidencial aprobada por el Congreso); el más polémico, como es aprobar la acusación constitucional por causales no previstas en el artículo 117 CP, hasta la solución intermedia que decida la incapacidad temporal declarada por el Congreso con dos posibilidades: una vicepresidencia con serios cuestionamientos que tomaría la posta, o un titular del Congreso como presidente interino y temporal (artículo 115 CP) hasta que el jefe de Estado resuelva su situación personal en la Corte Suprema.

En cualquiera de estos escenarios, nuestra débil institucionalidad no está preparada para conducir un proceso democrático exento de cualquier irregularidad en el camino y alcanzar tanto la estabilidad política como la gobernabilidad. Por eso, las actuales fuerzas de oposición deben afianzar un conjunto de acuerdos previos que permitan una viable transición democrática, a la vez de dialogar para alcanzar el número mínimo de firmas requeridas para la vacancia o suspensión.

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