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TUMBES. La Defensora del Pueblo en Tumbes, Dra. Patricia Velásquez Ramos, inició una intervención de oficio acerca de la emisión de certificados contra accidentes de tránsito (CAT) a empresas interprovinciales por parte del AFOCAT-FASMOT de Tumbes. Tras este trabajo, la Dra. Velásquez ha enviado un informe al Director Regional de Transportes, Ausberto Banchón, sobre las irregularidades que ha encontrado en esta empresa. Según se lee en el segundo párrafo del informe, la Defensoría tuvo conocimiento que el FASMOT emitió un CAT el 27 de febrero del presente a favor del vehículo de placa BG 5393, contraviniendo lo dispuesto en la Ordenanza Regional 004-2008, la cual fue publicada el 26 de febrero, previo al CAT, y la Ley 28839, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre. Asimismo, en el informe se explica que la Defensoría conoce que esta asociación emitió el 6 de diciembre del 2006 un certificado de accidentes de tránsito a favor del vehículo de placa SOH-259 de ruta interprovincial, cuando en el mes de octubre de ese año regía la Ley 28839, donde se especificaba la prohibición para que las AFOCAT emitan el CAT a unidades de ruta interprovincial. En el texto se detalla: "lo expuesto demostraría que la AFOCAT FASMOT ha emitido un CAT contraviniendo las disposiciones legales vigentes, creando un riesgo a los usuarios de los servicios públicos".

SANCIONES. A través de este documento, la Defensora explica que el artículo 6 del Reglamento de Supervisión de las AFOCAT indica que el CAT emitido en contravención de las disposiciones será nulo e inválido de pleno derecho, considerándose como no emitido. Asimismo, se da a conocer que el artículo 47 del reglamento en mención considera como infracción el incorporar como miembro de la AFOCAT u otorgar CAT a personas que no cumplan con los requisitos; esta infracción es calificada de grave, por lo que se podría imponer 2 UIT (S/. 7,000.00 nuevos soles) a los directivos y/o AFOCAT.