Alcaldes alistan  transferencia
Alcaldes alistan transferencia

Los alcaldes distritales comenzaron ayer con el proceso de transferencia municipal de la nueva gestión 2015-2018.

Jorge Sumari, especialista en Derecho Municipal, explicó que todos los burgomaestres están "obligados" a cumplir con la ley de conformar e instalar la comisión de transferencia, para lo cual tienen 5 días hábiles de plazo después de haberse realizado la proclamación de las autoridades electas en los comicios de octubre. "La ley es clara y específica que no se debe esperar a la entrega de credenciales, sino a partir del día siguiente a la proclamación, ya se puede comenzar con el proceso de transferencia", señaló.

El artículo 3.1 de la Ley 26697, señala los alcaldes provinciales y distritales que cesan en sus cargos realizarán, bajo responsabilidad, el proceso de transferencia de la administración municipal a las nuevas autoridades electas de acuerdo con los procedimientos y plazos establecidos.

De acuerdo a esto, la fecha límite sería el 5 de noviembre. De no realizarse la instalación en el plazo previsto, el alcalde electo designará a todos los integrantes de la Comisión y la instalará dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes y pondrá en conocimiento del Fiscal correspondiente el incumplimiento del mandato legal por parte del alcalde en ejercicio, para que se haga efectiva la respectiva acción penal por el delito establecido en el artículo 377 del Código Penal.

TRANSFERENCIA

La comisión deberá estar integrada por 6 miembros:

- El alcalde vigente, quien asumirá la presidencia del comité.

- El alcalde electo o su representante.

- 2 representantes del alcalde vigente.

- 2 representantes del alcalde electo.

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