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Ejecutivo aprueba reglamento para la creación del Registro de Deudores Alimentarios

Morosos que deban desde tres meses el abono de sus obligaciones, podrán ser inscritos en el padrón, cuya información será libre y de acceso gratuito
Ejecutivo aprueba reglamento para la creación del Registro de Deudores Alimentarios

Actualizado el 02/02/2019, 02:30 p.m.

El presidente de la República, Martín Vizcarra, refrendó la aprobación del reglamento que crea la ley del Registro de Deudores Alimentarios Morosos (Redam), con el cual el Estado se propone fortalecer la protección integral de niños, niñas y adolescentes que deben recibir una pensión alimentaria. 

De acuerdo a la norma publicada en el Peruano, el Ejecutivo aprobó el reglamento con el Decreto Supremo N°008-2019-JUS. 

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También se inscribirán quienes adeuden tres pensiones devengadas en el caso de procesos en trámite con mandato cautelar, o en el proceso de ejecución de acuerdo conciliatorio.

De acuerdo a la ley, el deudor alimentario moroso es la “persona obligada a otorgar la prestación de alimentos en virtud a lo resuelto en un proceso con sentencia consentida o ejecutoriada o por acuerdo conciliatorio con calidad de cosa juzgada, que incumple con el pago de por lo menos tres cuotas sucesivas o alternadas de sus obligaciones alimentarias”.

El registro contendrá “la información judicial del deudor alimentario moroso”, información que será “de carácter público y de acceso gratuito” para todos los ciudadanos. 

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