Una investigación realizada por el especialista en Protocolo EPU de la USMP, Carlos Tenicela, y su equipo del Instituto de Protocolo y Eventos (IPE) revela que la gran mayoría de entidades públicas a nivel nacional no cumple con las normas de uso del Pabellón Nacional. El estudio realizado en 113 instituciones contempla cinco aspectos estipulados en la normativa del Decreto Ley N°11323: izado, arriado, ubicación, estado, características y dependencias.
La ley establece que el izado de la bandera, la cual llevará en su centro el Escudo Nacional, debe realizarse a las 8:00 de la mañana, en asta y al tope durante todos los días. De carácter obligatorio para todos los edificios públicos del Estado, campamentos, barcos, etc. Esta norma solo la cumplen el 30% de entidades.
Con respecto al arriado, la normativa indica que éste debe realizarse a las 18:00 horas. Solo un 43% cumple lo señalado. El Pabellón Nacional debe estar ubicado de preferencia en la parte central superior de la institución, es decir en la azotea, y a un (1) metro de distancia de la fachada del edificio. Asimismo, puede estar situada en el exterior frontal de la fachada del edificio, a la derecha de la puerta principal de ingreso. El estudio revela que el 58% cumple con la correcta ubicación.
En correspondencia al estado de la bandera, se ha considerado el cumplimiento cuando el Estandarte Nacional para izar no se encontraba decolorado o roto. El 38% de instituciones no conserva en buen estado el Pabellón. Las características indican que el tamaño de las banderas debe ser proporcional al local donde se iza. Además, la bandera se compone de tres fajas verticales, las dos extremas (rojas) y la intermedia (blanca) con el Escudo de Armas. El 57% cumple con estos requisitos.
El estudio no solo aplica para los edificios principales de las instituciones, sino también para sus dependencias. En ese sentido, El estudio resalta que el 37% de instituciones públicas analizadas, no emplea el Pabellón Nacional en sus dependencias. Los resultados arrojaron que instituciones como la SUNAT, SUNARP, OEFA, INEI, Ministerio de Educación, Ministerio de Trabajo, entre otras no cumplen con al menos una norma de uso.
Uso del Gran Sello del Estado Peruano De forma paralela se realizó una investigación a 100 páginas webs de instituciones públicas para ver si cumplían con el correcto uso del Escudo Patrio según el Decreto Ley N°11323. Los criterios utilizados fueron: si contaban o no con el Escudo Nacional, si es parecido o no al de la Presidencia de la República, si tiene el ribete República del Perú, el tamaño y la resolución adecuada. La conclusión final fue que solo el 16% del total de las instituciones investigadas cumplen a cabalidad con los cinco puntos.