En el marco de las celebraciones por el Día de la Bandera, el Instituto de Protocolo y Eventos (IPE) realizó un estudio que indica que el 80% de las instituciones del Estado Peruano no cumple con las normas de uso del Pabellón Nacional.
Dicho análisis, a cargo del director del IPE y asesor del Programa de Experto en Protocolo y Ceremonial del Estado EPU - USMP, Carlos Tenicela, abarcó a 50 entidades de un total de 173 ubicadas en Lima Metropolitana, entre las que se encuentran el Poder Judicial, el Congreso de la República, el Tribunal Constitucional, el Ministerio Público, y otras.
“Las normas establecidas obligan a las instituciones públicas a izar en sus sedes el Pabellón Nacional todos los días del año, para lo cual existen características y usos específicos como la hora del izado que debe realizarse a las 8 de la mañana y el arriado a las 6 de la tarde. El principal incumplimiento que cometen las instituciones es no izarlo y el segundo es no arriar el pabellón, dejándolo dormir en el asta, hecho que está prohibido”, sostuvo el experto.
Otro de los resultados señala que un 52% de instituciones cumple con el izado, pero de este universo solo el 28% cumple con el arriado, hecho que incide directamente en su mal estado ya que al quedarse izada de manera permanente la humedad y el sol decolora la tela, y la fuerza del viento la debilita y rompe. Originando que un 68% tengan dicha bandera en mal estado.
Además, el 64% de las banderas no cumplen con las medidas o proporciones establecidas, mostrando en algunos casos un Escudo de Armas pequeño en referencia al tamaño de la bandera o el tamaño del Pabellón no es proporcional al tamaño del edificio, como establece la norma. También un 54% de instituciones ubica el asta en un lugar inadecuado.
Cabe destacar que las municipalidades son las encargadas de regular el uso de la Bandera y Pabellón Nacional en los predios. Tenicela indica que, “las comunas no solo deben imponer multas por el no izado de la Bandera Nacional a sus vecinos en el mes de julio, sino también, a las instituciones públicas que estén dentro de su jurisdicción y que incumplan con las normas de uso del Pabellón Nacional todo el año. Las Municipalidades pueden aplicar las sanciones establecidas en el artículo 10 de la Ley 8916”.
“El incumplimiento de las normas de uso del Pabellón Nacional es responsabilidad del titular de la institución, o de su área de protocolo. El mal manejo se da por desconocimiento de la legislación vigente o por falta de capacitación del personal de la institución”, precisó el experto.
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