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​¿Está permitido que fiscalizadores arrebaten bienes a vendedores ambulantes?

Experto en temas municipales explicó que cuando los agentes municipales arrebatan los bienes, están incurriendo en apropiación ilícita o robo, ya que la Ley Orgánica de Municipalidades permite confiscar pero cuando se trata de productos en descomposición o insalubres.
​¿Está permitido que fiscalizadores arrebaten bienes a vendedores ambulantes?

Lisset Chávez

Actualizado el 19/11/2015, 07:16 p.m.

En los últimos días se ha generado una serie de críticas sobre el violento accionar de los agentes de fiscalización y serenazgo de algunas comunas locales al momento de desalojar a vendedores ambulantes. Otro de los puntos que se cuestiona es lo referido a la confiscación de sus bienes, tal como suele hacerse en diferentes distritos de Lima. ¿Ello está permitido?

Al respecto, el especialista en derecho municipal Julio César Castiglioni explicó a través de la Agencia Andina que cuando los agentes municipales arrebatan los bienes a los referidos comerciantes, están incurriendo en apropiación ilícita o robo, ya que la Ley Orgánica de Municipalidades permite confiscar pero cuando se trata de productos en descomposición o que se encuentren en situación insalubre.

“No deben quitarle sus bienes, menos golpearlos”, enfatizó el especialista.

En el caso específico de Carlos Urrutia, quien fue salvajemente golpeado por serenos de San Isidro, indicó que el jefe o gerente del área también podría ser denunciado. “Debe acabar esta mala práctica, porque se estaría usando recursos que pagamos todos por concepto de arbitrios, para perseguir ambulantes y encima maltratarlos”, lamentó.

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