Hoy vence plazo para que movimientos rindan cuentas ante ONPE
Hoy vence plazo para que movimientos rindan cuentas ante ONPE

Hoy 30 de junio vence el plazo para que las organizaciones políticas presenten a la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) un informe sobre sus actividades económico financieras correspondientes al ejercicio anual 2013, para su respectiva verificación y control.

Los partidos políticos, movimientos regionales y organizaciones políticas de alcance provincial y distrital tienen la obligación de presentar su Información Financiera Anual (IFA) en el plazo de seis meses contados a partir del cierre de cada ejercicio anual, según dispone la Ley de Partidos Políticos.

La Información Financiera Anual 2013 comprende el balance general, el estado de ingresos y egresos, así como las notas e información complementaria a los estados financieros.

Los formatos para la presentación de esta información están disponibles en el siguiente enlace https://www.web.onpe.gob.pe/verificacion-control-fondos-partidarios.html de la página web de la ONPE.

La información financiera anual que proporcionen las organizaciones políticas será publicada en la página web de la ONPE, y sometida a verificación y control de conformidad con lo establecido en la Ley de Partidos Políticos y el Reglamento de Financiamiento y Supervisión de Fondos Partidarios.

El organismo electoral, a través de la Gerencia de Supervisión de Fondos Partidarios, viene informando y orientando a nivel nacional a las organizaciones políticas sobre las regulaciones y aspectos a tener en cuenta para la adecuada presentación de la información financiera anual.

Con estos procedimientos, el organismo electoral contribuye a transparentar las finanzas partidarias de las organizaciones políticas en el país.

Sanciones. Según el artículo 80° del Reglamento de Financiamiento y Supervisión de Fondos Partidarios, se impondrá a las organizaciones políticas una multa no menor de diez ni mayor de cincuenta veces el monto de la contribución omitida, recibida indebidamente o adulterada, en el caso de comprobarse la infracción en la Información Financiera Anual.

De igual forma, si se omite registrar los gastos generados por sus candidatos para financiar sus campañas.

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