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Incautan muñecas prehispánicas en centro artesanal de Pueblo Libre

El propietario del establecimiento en Pueblo Libre señaló que desconocía el uso de fragmentos textiles prehispánicos en la confección de estas muñecas y colaboró con las autoridades, comprometiéndose a dar el nombre del proveedor y comprador.
Incautan muñecas prehispánicas en centro artesanal de Pueblo Libre

Actualizado el 03/04/2013, 09:12 p.m.

El Ministerio de Cultura incautó a través de la Dirección General de Fiscalización y Control (DGFC), 19 réplicas de muñecas estilo Chancay, confeccionadas con fragmentos de textiles pertenecientes al Patrimonio Cultural de la Nación, en un centro artesanal de la ciudad, informaron.

El operativo se llevó a cabo en el local comercial Inti Raymi, ubicado en la cuadra seis de la avenida La Marina, en el distrito de Pueblo Libre, luego que la DGFC recibiera información de una empresa dedicada a la exportación, indicando que uno de sus clientes había adquirido en dos tiendas de artesanías muñecas elaboradas con fragmentos textiles arqueológicos.

El propietario del establecimiento señaló que desconocía el uso de fragmentos textiles prehispánicos en la confección de estas muñecas y colaboró con las autoridades, comprometiéndose a dar el nombre del proveedor y comprador.

La Ley 28296, Ley del Patrimonio Cultural de la Nación, señala en su artículo 49.1, que se le aplicará “multa, incautación o decomiso, cuando corresponda, al tenedor y/o al propietario de un bien integrante del Patrimonio Cultural de la Nación, en caso de dolo o negligencia, declarada por el organismo competente, en caso de daño al mismo”.

En tanto, el artículo 228° del Código Penal indica que la persona que destruye, altera, extrae del país o comercializa bienes del Patrimonio Cultural Prehispánico, o no los retorna de conformidad con la autorización que le fue concedida, será reprimida con pena privativa de la libertad no menor de tres ni mayor de ocho años y con 180 a 365 días multa.

En el caso que el agente sea un funcionario o servidor público con deberes de custodia de los bienes, la pena será no menor de cinco ni mayor de diez años.

Con información de Andina

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