Hace poco fue publicada en el diario oficial El Peruano la Ley N° 31876, ‘Ley que regula el proceso de ejecución de obras por administración directa a nivel nacional’, que regula el proceso de ejecución de las obras por administración directa, poniendo, entre otras cosas, un tope de inversión de 50 UIT.
Justamente este límite de monto para los gastos en obra, ha generado el airado reclamo de algunos sectores, que indican que gracias a esta ley se frenará el proceso de ejecución de obras y con esto, la contrata de personal técnico y de mano de obra calificado.
Es así que en Cusco, la tarde del último martes, se registró una manifestación en contra de dicha dicha ley. Cientos de personas ligadas a diferentes gremios y sindicatos salieron a las calles para mostrar su rechazo contra esta iniciativa y contra el Congreso.
“Exigimos la derogatoria de la Ley 31876, que lamentablemente va a generar un masivo desempleo en Cusco y a nivel nacional, no se si este señor Soto piensa o solo ha ido a lucrar al Congreso (...) En ese mismo sentido el señor Alejandro Soto para nosotros y para Cusco es una persona no grata”, señaló un representante del Sindicato de Trabajadores en Construcción Civil.
La marcha partió de la plaza Túpac Amaru, para llegar hasta la plaza San Francisco y la Plaza Mayor de Cusco, sin embargo en el lugar, los manifestantes tuvieron un conato de bronca con la Policía ya que querían ingresar con una rata gigante de papel para quemarla al frontis de la Catedral de Cusco.
“Ahora las obras por administración directa tienen que ser por menos de 250 mil soles y esto perjudica a todos porque no vamos a poder entrar a trabajar, porque si las obras se dan en licitación, la empresa ganadora va a venir con sus profesionales, son sus obreros y nosotros nos quedaremos en el aire”, acotó el representante de Construcción Civil.
DATO:
- En esta ley se indica que la entidad estatal, previo a la aprobación de la ejecución de obra por administración directa debe emitir un informe técnico que sustenta y evidencia contar con: viabilidad de la inversión, que el monto total de la inversión no será mayor a 50 UIT, expediente técnico aprobado, personal técnico y administrativo necesario, propiedad de los equipos y maquinarias mínimos establecidos en el expediente técnico.
*Fotos/Cortesía: Néstor Larico.