Los profesores que registren tres días de inasistencias por la huelga serán despedidos y se procederá a contratar a maestros suplentes para garantizar el derecho a estudiar de los escolares del país, así lo anunció la ministra de Educación, Marilú Martens.
En entrevista con RPP, la titular del Minedu señaló que espera no llegar a esta situación, pero la medida responde a beneficio de los estudiantes.
“No quisiéramos llegar (a esto), pero un profesor que no va (a trabajar) se le descuenta, tres días que no va, se hace un proceso para despedirlo y vamos a contratar a personas que van a ocupar ese puesto, para que los estudiantes tengan a un profesor dictando clases”, señaló.
También ratificó su compromiso con los padres de familia, de que los estudiantes no perderán el año escolar. Por esta razón, volvió a exhortar a los maestros a no privar el derecho de los menores, a la educación.
Agregó que el Estado garantiza que en diciembre los maestros van a ganar, en la primera escala magisterial S/ 2,000. De otro lado, Martens rechazó que los docentes que no aprueben la evaluación de desempeño vayan a ser despedidos. Explicó que aquellos profesores que no aprueben la evaluación pasarán por un programa de capacitación.
¿CUÁL ES EL PROCESO PARA DESPEDIR A UN MAESTRO QUE CONTINÚE EN HUELGA?
- El Director de la I.E. informa al titular de la UGEL de las inasistencias injustifcadas de por más de tres (3) días consecutivos o cinco (5) días discontinuos en un período de dos (2) meses.
- El Director de la UGEL deriva dentro de las 24 horas al Comisión de Procesos Administrativos Disciplinarios de Docentes (CPPADD).
- La CPPADD emite el informe preliminar recomendando la instauración de proceso administrativo disciplinario, dentro del plazo de 30 días.
- El Titular de UGEL dentro del plazo de 5 días emite la Resolución Directoral de instauración de Proceso administrativo.
- El procesado tiene el plazo de 5 días para absolver los cargos y hasta 5 días más de prórroga para el mismo (debe solicitarlo por escrito), en total máximo son 10 días.
- La CPPADD en el plazo máximo de 45 días hábiles emite la sanción que corresponda (puede ser menos).
- El Titular de UGEL dentro del plazo de 5 días emite la Resolución de sanción.
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