El Ministerio de Educación (Minedu) anunció la convocatoria para el proceso de encargatura docente 2021, mediante el cual los profesores tienen la oportunidad de desempeñar, de manera temporal, cargos de directivos, entre otros, con el objetivo de garantizar la atención del servicio educativo y fortalecer la gestión de la escuela pública.
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La participación de maestros en este proceso permitirá que puedan acceder a un incremento en su remuneración básica. Anualmente, más de 16.000 docentes se desarrollan profesionalmente y aumentan su sueldo a través de asignaciones que perciben por desempeñar una encargatura, señala el comunicado.
¿Qué es la encargatura docente?
Es la oportunidad que tienen los docentes nombrados de desempeñar de manera temporal un cargo de mayor responsabilidad, sin exceder el año lectivo (hasta el 31 de diciembre), a través de un procedimiento de selección.
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¿A qué cargos se accede a través de una encargatura?
Los profesionales de educación pueden desempeñar los siguientes cargos en instituciones educativas públicas, de gestión directa y de gestión privada por convenio:
- Cargos jerárquicos: jefe/a de laboratorio, jefe/a de taller, coordinador/a de tutoría y orientación educativa (TOE), coordinador/a pedagógico y coordinador/a académico del CETPRO.
- Cargos directivos: directores/as y subdirectores/as de instituciones educativas. • Especialistas en educación en las DRE y UGEL.
¿Cuáles son los tipos de encargo?
- Encargo de puesto: Se autoriza en una plaza orgánica vacante debidamente presupuestada o en plaza vacante generada por ausencia temporal del titular.
- Encargo de funciones: Se autoriza, únicamente, para asumir el cargo de director/a de institución educativa en caso esta no cuente con una plaza orgánica vacante y presupuestada. El/la docente encargado continúa ejerciendo su labor docente en aula y asume las funciones de director/a.
- Encargo excepcional: Se autoriza, únicamente, para casos específicos por un período menor a treinta (30) días, en adición a sus funciones. No genera derecho a percibir pago por diferencia de jornada y/o asignaciones.
¿Quiénes pueden participar?
Pueden participar los profesores nombrados/as desde la segunda escala magisterial, de acuerdo al cargo al que desea postular. Es importante señalar que los/las profesores/as pueden postular a un solo cargo, en caso de detectarse más postulaciones, serán retirados/as de todas ellas.
Cargo | Escala magisterial requerida |
---|---|
Especialistas en educación | Entre la tercera y octava escala magisterial |
Directivos | Entre la tercera y octava escala magisterial |
Cargos jerárgicos | Entre la segunda y octava escala magisterial |
¿Cuáles son los requisitos generales para postular?
- Contar con título de profesor/a o licenciado/a en Educación, de acuerdo a la modalidad, nivel o área curricular de la plaza.
- Haber aprobado la última evaluación de desempeño en el cargo.
- Haber aprobado la última evaluación de desempeño docente. Este requisito está suspendido.
- Presentar la declaración jurada (anexo 2).
Adicionalmente, el/la docente debe cumplir los requisitos específicos de acuerdo al cargo que postula.
¿Cuándo y a dónde se presenta el expediente para postular?
Para postular, los profesores deben presentar su solicitud y los documentos que acrediten el cumplimiento de los requisitos y criterios de evaluación por la mesa de partes, virtual o física, de la instancia que corresponda, de acuerdo al cargo que postula:
- Para los cargos jerárquicos se presenta ante la institución educativa.
- Para los cargos directivos ante la UGEL.
- Para los especialistas en educación ante la DRE o UGEL, según corresponda.
¿Cuándo inicia la convocatoria?
El proceso de inscripción se iniciará la primera semana de noviembre para la etapa de selección regular y en diciembre para la etapa de selección especial, de acuerdo con el cronograma de cada región.
La evaluación se realizará a través cinco criterios: escala magisterial, estudios académicos, tiempo de servicios oficiales en la carrera, experiencia en el cargo y reconocimientos.
¿Cómo sabré que cargos habrá en mi región para postular?
Las direcciones regionales de educación deben realizar la publicación y difusión de los cargos a cubrir a nivel regional, en base a la información proporcionada por las UGEL de su jurisdicción.
La publicación del listado definitivo de cargos a cubrir se efectúa desde el primer día hábil del mes de noviembre en los respectivos portales institucionales, redes sociales y demás medios de comunicación masiva al alcance de la sede de la DRE y la UGEL.
¿Cuáles son los beneficios de una encargatura?
A través de una encargatura, los docentes adquieren experiencia en gestión educativa y mejoran sus ingresos, dado que aquellos docentes con jornada de 30 horas perciben una asignación por jornada de trabajo adicional de 10 horas y una asignación por el cargo.
De acuerdo a su escala magisterial, por ambos conceptos, percibirán en total los siguientes montos adicionales a su remuneración:
Escala magisterial | A Jornada de trabajo adicional | B Director/a un turno | C Director/a dos turnos | A+B Total director/a un turno | A+B Total director/a dos turnos |
---|---|---|---|---|---|
Octava | 1610.07 | 360 | 480 | 1 970.07 | 2 090.07 |
Séptima | 1456.73 | 360 | 480 | 1 816.73 | 1 936.73 |
Sexta | 1 341.73 | 360 | 480 | 1 701.73 | 1 821.73 |
Quinta | 1 150.05 | 360 | 480 | 1 510.05 | 1 630.05 |
Cuarta | 996.71 | 360 | 480 | 1 356.71 | 1 476.71 |
Tercera | 920.04 | 360 | 480 | 1 280.04 | 1 400.04 |
Segunda | 843.37 | 360 | 480 | 1 203.37 | 1 323.37 |
Pirmera | 766.70 | 360 | 480 | 1 126.70 | 1 246.70 |
Escala magisterial | A Jornada de trabajo adicional | B Subdirector/a | C Cargos jerárquicos | D Especialistas en educación | A+B Total subdirector/a | A+C Total cargos jerárquicos |
---|---|---|---|---|---|---|
Octava | 1 610.07 | 240 | 180 | 900 | 1 850.07 | 1 790.07 |
Séptima | 1 456.73 | 240 | 180 | 900 | 1 696.73 | 1 636.73 |
Sexta | 1 341.73 | 240 | 180 | 900 | 1 581.731 521.73 | 1 521.73 |
Quinta | 1 150.05 | 240 | 180 | 900 | 1 390.05 | 1 330.05 |
Cuarta | 996.71 | 240 | 180 | 900 | 1 236.71 | 1 176.71 |
Tercera | 920.04 | 240 | 180 | 900 | 1 160.04 | 1 100.04 |
Segunda | 843.37 | 240 | 180 | 900 | 1 083.37 | 1 023.37 |
Primera | 766.70 | 240 | 180 | 900 | 1 006.70 | 946.70 |
¿Cuál son los criterios que se evalúan para una encargatura?
Se evalúan seis criterios para establecer el orden de prelación:
¿Cuál es el periodo de vigencia del encargo?
La encargatura en los cargos de especialista en educación, director/a y subdirector/a de institución educativa tiene lugar a partir del 1 de enero 2022. En los cargos jerárquicos y especialista en formación docente a partir del 1 de marzo del 2022. Los encargos no pueden exceder el periodo del ejercicio fiscal.
¿Cuál es el cronograma del proceso de encargatura?
El proceso de encargatura se realiza entre los meses de octubre, noviembre y diciembre de acuerdo al cronograma regional. A continuación, fechas referenciales e hitos.
Charla en vivo para los que tienen consultas y dudas
El miércoles 27 de octubre el Minedu realizará, de 3 a 4 p.m., una transmisión en vivo a través del Facebook de PerúEduca y del Minedu, para orientar la postulación de los docentes y absolver consultas en línea.
Más información
Para acceder a información y materiales sobre el proceso, los interesados pueden ingresar a la página web https://www.minedu.gob.pe/reforma-magisterial/encargo.php.