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Ministerio de Educación prevé sanciones de hasta S/ 440 mil para colegios privados que no cumplan estándares

La Directora de Calidad Educativa de Minedu explicó que los colegios tienen hasta tres años para ajustarse al nuevo reglamento que fija las condiciones básicas que deben cumplir los colegios privados.
La Directora de Calidad Educativa de Minedu explicó que los colegios tienen hasta tres años para ajustarse al nuevo reglamento que fija las condiciones básicas que deben cumplir los colegios privados. (Foto de archivo)

Redacción Diario Correo

Actualizado el 02/03/2021, 12:37 p.m.

Rosa María Zapata, Directora General de Calidad Educativa del Ministerio de Educación (Minedu), explicó algunas de las disposiciones del nuevo reglamento del sector que fija las condiciones básicas que deben cumplir los colegios privados para poder operar. Detalló que el documento presenta una serie de sanciones para las instituciones que tengan irregularidades.

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En declaraciones a RPP, explicó que este reglamento no busca hacer que los colegios cierren, sino marcar reglas claras del servicio educativo en los colegios. Detalló que la máxima sanción equivale a 100 unidades impositivas tributarias (UITS), lo cual representa S/ 440 mil.

“Tenemos sanciones leves, graves y muy graves. En el caso de las sanciones muy graves, estas van desde las 50 a las 100 UITS y pueden llevar al cierre del colegio, luego de una supervisión y evaluación del Minedu. Mientras más afectación hacia el alumno, más grave es la sanción. Por ejemplo, exigir que las pensiones se paguen por adelantado es una falta grave que se sanciona con 50 UITS”, aseveró.

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Sin embargo, explicó que las normas establecidas en este documento no se aplican de inmediato pues próximamente se publicará una nueva disposición que otorga hasta tres años a los colegios privados para ajustar su sistema a los requerimientos.

En esa línea destacó que se trata de la primera vez que se emite un documento que busca garantizar un mínimo de calidad para los colegios privados y hacer que estos cumplan con obligaciones en aspectos económicos como la devolución parcial de las cuotas de ingreso.

“Solo se tiene contemplados el cobro por tres conceptos: cuota de ingreso, matricula y pensión. Por ley se estableció que se debe devolver la cuota de manera proporcional si se produce un cambio de colegio, algo que antes no existía”, dijo.

“El reglamento, además, pone reglas claras sobre cómo abrir un colegio privado y publico, calidad en infraestructura, establece las sanciones para las diferentes faltas, las responsabilidades de los colegios y de los padres de familia”, expresó.

Finalmente, la funcionaria explicó que se debe abrir un debate para analizar la posibilidad de crear una institución autónoma, similar a Sunedu, que se encargue de evaluar y supervisar la calidad de los colegios.

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