La contaminación ambiental a causa de la minería informal en el distrito de Ananea y la zona de Ancocala, en la provincia de San Antonio de Putina, ha llegado a sobrepasar los límites y estándares establecidos, al operar la mayoría de mineros sin licencia e impunidad, deteriorando el medio ambiente y contaminando toda la cuenca del río Ramis con lama y metales pesados. De una carpeta fiscal a la cual tuvimos acceso, se consideran contra estos “mineros” suficientes indicios reveladores en la comisión del Delito Ambiental, en su forma de Contaminación Ambiental, Delito Contra los Recursos Naturales en su forma de Alteración de Paisaje Natural por parte de las empresas, cooperativas y personas naturales que operan en toda esa zona en perjuicio de la cuenca del Ramis y su discurrir hasta el lago Titicaca. La constatación y las actas de operativos inopinados de la Fiscalía especializada en Materia Ambiental de Puno, que despacha el jurista, Alejandro Tapia Gómez, ha tenido y tiene la delicada y tamaña responsabilidad, junto con las autoridades regionales recién electas, a apostar por una solución definitiva, sin nada de treguas y desidias como la gestión que ya culmina de Hernán Fuentes. No es posible que por efecto de la contaminación se depreden los suelos de pastoreo y agricultura de la zona, con impacto inmediato al capital pecuario y obviamente en sus derivados como el caso de las carnes rojas, la leche y este a su vez en la transformación en quesos, yogur, mantequilla y otros; esto agrava la economía regional de comprobarse que efectivamente los animales de toda la cuenca están infestados con elementos químicos, producto de la actividad minera irracional. La Dirección Regional de Energía y Minas (DREM), que actuó con manos suaves y sin presupuesto, con gente que hacía lo que podía y sin mostrar capacidad convocante, conoce los resultados preliminares que fueron enviados en su oportunidad a Enviorolab Perú S.A.C., pero según el informe de ensayo Nº 1006229, de acuerdo a las muestras tomadas en la poza principal de sedimentación y otras, se tiene altos contenidos en hierro TSS y arsénico por encima de los límites permisibles, lo que constituye un grave riesgo si es que colapsan éstas pozas. De acuerdo al artículo 313 de la Ley de Alteración del Ambiente o paisaje natural, urbano, rural, serán reprimidos con pena privativa de libertad de cuatro años y con sesenta a noventa días de multa. Por otro lado, de la carpeta fiscal, dispone formalizar y continuar la investigación preparatoria en contra de Francisco Ccama Layme, Alexander Flores Pari, César Chamba Masco, Víctor Ramírez Apaza, Merce Ángel Quispe Masco y otros representantes del Proyecto Minero Cruz Pata, Chaquiminas, Ceconsap, Nevado Infinito, Ana María Nº 5, Proyecto minero Queta-Amansury Uno, Sillacunca, Relaves Minero Poderosa, Planta de Lixivición Artesanal Nevado de Oro, Melvin Gary, Chiquitosa, entre otros por ser presuntos autores de la comisión del Delito Ambiental en su forma de delito de contaminación del ambiente. También alcanza la denuncia a las personas que resulten responsables de la ilegal actividad minera de las zonas de Ancocala, Chaquiminas, Pampilla, Ananea, Pampa Blanca, Trapiche, La Rinconada y aledaños del distrito de Ananea, de la provincia de San Antonio de Putina. El poder económico de la informalidad minera puede romper la conciencia y cualquier buena voluntad. Los damnificados esperan que quienes resulten culpables sean castigados con la contundencia de la ley, de lo contrario, tanto esfuerzo de la Fiscalía especializada en Materia Ambiental, quedaría en la impunidad. “Sólo le queda actuar al resto de los poderes del Estado y mostrar su conducta intachable, para resarcirse de la pésima imagen que tienen para el 80 por ciento de la población peruana”, dice Tapia.