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Policía ingresará a casas si detecta reuniones familiares y denunciará penalmente a infractores

La Policía tendrá la facultad para intervenir en casas y locales donde se incumplan lo dispuesto por el Gobierno.
Policía interviniendo a ciudadanos que incumplían las medidas dispuestas por el Gobierno para frenar el avance del nuevo coronavirus, COVID-19, en el Perú.

Redacción Diario Correo

Actualizado el 13/08/2020, 07:21 p.m.

La Policía Nacional del Perú (PNP) tiene la facultad de ingresar a las casas o locales donde detecten reuniones familiares y de carácter social y denunciará penalmente a los infractores, según informó el Ministerio del Interior y el Ministerio de Defensa mediante un comunicado.

“La Policía Nacional está facultada para intervenir en los domicilios y/o locales donde se incumpla lo dispuesto y se denunciará penalmente a los infractores, de acuerdo con la normatividad vigente”, se lee en la página del Gobierno.

MIRA: Conoce cómo obtener el pase laboral para poder transitar los domingos

Como se recuerda, el Gobierno prohibió las reuniones para evitar la concentración de personas e impedir que el nuevo coronavirus, COVID-19, continúe propagándose.

¿Dónde controlarán la Policía y las Fuerzas Armadas?

En el comunicado detalla que el control del distanciamiento social será en los mercados, bancos y paraderos de transporte público, así como el cumplimiento de los protocolos sanitarios.

¿Quiénes pueden circular los domingos?

a. Servicios de abastecimiento de alimentos y medicinas.

b. Servicios públicos esenciales de agua, saneamiento, energía eléctrica, gas, hidrocarburos, limpieza y recojo de residuos sólidos.

c. Servicios de telecomunicaciones.

d. Servicios funerarios.

e. Servicios de transporte de carga, mercancías y actividades conexas, según lo estipulado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones.

f. Vehículos particulares de personal médico, enfermeras, bomberos y de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional que participan en los operativos.

g. Personal de serenazgo y fiscalización de los gobiernos locales.

h. Personal y vehículos de medios de comunicación.

i. Vehículos oficiales de transporte de salud.

j. Vehículos particulares del Poder Legislativo, Ministerio Publico e INPE.

k. Personal de empresas de seguridad.

l. Personal y servicio de farmacias y restaurantes autorizados para realizar envíos a domicilio (delivery).

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