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¿Qué pueden y qué no pueden pedirte en una “batida” policial? Conoce tus derechos en una intervención

Especialista en derecho constitucional explica los límites legales de una intervención vehicular y cómo identificar abusos durante una “batida” policial.
Especialista en derecho constitucional explica los límites legales de una intervención vehicular y cómo identificar abusos durante una “batida” policial.

Redacción Diario Correo

Actualizado el 12/01/2026, 01:51 p.m.

Las intervenciones vehiculares, conocidas popularmente como “batidas” policiales, forman parte de los controles de tránsito en la vía pública. Sin embargo, para que sean legales, deben respetar el procedimiento establecido y los derechos constitucionales de los ciudadanos.

El Reglamento Nacional de Tránsito y la jurisprudencia del Tribunal Constitucional establecen con claridad qué puede y qué no puede hacer un efectivo de la Policía Nacional del Perú durante una intervención.

“Una fiscalización es válida solo si respeta el procedimiento y los derechos fundamentales. El ciudadano no está obligado a cumplir exigencias fuera de la ley”, explica Guillermo Mardon, profesor de Derecho y especialista en derecho constitucional de la Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas (UPC).

Documentos que sí puede solicitar la Policía

Durante una intervención vehicular, el efectivo policial sí está autorizado a solicitar:

  • Documento Nacional de Identidad (DNI) u otro documento estatal válido
  • SOAT o CAT vigente
  • Tarjeta de Identificación Vehicular
  • Certificado de inspección técnica, si corresponde
  • Permiso de lunas polarizadas, de ser aplicable

Solicitar documentos distintos a estos no está permitido por la normativa vigente.

¿Cuándo pueden pedirte bajar del vehículo o abrir las puertas?

Según el artículo 2, inciso 24.f de la Constitución Política del Perú», el policía solo puede exigir que el conductor descienda del vehículo o abrir las puertas en dos supuestos:

  • Existencia de una orden judicial válida
  • Delito flagrante, es decir, cuando el delito se está cometiendo o acaba de cometerse

También puede exigirse que el conductor baje del vehículo si existen indicios razonables de conducción en estado de ebriedad o bajo efectos de sustancias psicotrópicas.

Límites para revisar el interior, la maletera o pertenencias

El Tribunal Constitucional ha precisado que la flagrancia solo se configura cuando:

  • El delito se está cometiendo o ocurrió instantes antes
  • El conductor se encuentra en el lugar de los hechos
  • Existe vinculación directa con objetos o instrumentos del delito

Fuera de estos supuestos, revisar el interior del auto, la maletera o pertenencias personales es ilegal.

Cómo identificar una intervención regular o arbitraria

Una intervención es regular si el efectivo:

  1. Ordena la detención del vehículo
  2. Se acerca a la ventanilla
  3. Se identifica con nombre, rango y unidad policial
  4. Indica el motivo de la intervención
  5. Solicita solo los documentos permitidos
  6. Señala el código y descripción de la infracción, si la hay
  7. Llena correctamente la papeleta y entrega una copia

La omisión de estos pasos puede convertir la intervención en arbitraria.

¿Es legal grabar una intervención policial?

Sí. Grabar o fotografiar una intervención policial es completamente legal, ya que el agente ejerce una función pública y no existe prohibición normativa.

La Constitución establece que nadie está obligado a hacer lo que la ley no manda ni impedido de hacer lo que ella no prohíbe.

¿Qué hacer ante un abuso policial?

Ante un exceso o abuso, el ciudadano puede:

  • Presentar una denuncia penal por abuso de autoridad
  • Iniciar una acción administrativa contra el efectivo
  • Recurrir a una acción de hábeas corpus, si se afecta la libertad personal

“Conocer nuestros derechos no es confrontar a la autoridad, sino asegurar que la intervención se realice dentro del marco legal”, subraya Mardon.

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