La temporada de vacaciones estudiantiles es una época en la que se organizan muchos viajes con menores al exterior. Sin embargo, de acuerdo con la Superintendencia Nacional de Migraciones, el desplazamiento de estos requiere una serie de documentos que los padres o tutores deben tramitar y que se exigen para menores de edad de nacionalidad peruana, extranjeros residentes o que hayan permanecido más de 183 días en el país. Es bueno tenerlos en cuenta para evitar malos ratos antes de abordar un avión.
Autorización notarial
En primer lugar, si el padre o madre viaja solo con el menor, debe presentar la autorización notarial de viaje firmada por el padre o madre que no los acompaña. Si el menor sale del país con un tercero, necesita el documento firmado por ambos progenitores. En caso de que el menor viaje con ambos padres, no se necesita tramitar la autorización notarial de viaje, aclara la entidad.
A los menores reconocidos por solo uno de los padres que requieran salir del país en compañía de un tercero, se les exige la autorización firmada por el padre o madre que efectuó el reconocimiento.
Otros trámites
Si uno de los padres del menor se encuentra ausente o existe disentimiento, se deberá presentar una autorización de viaje judicial. Si uno de los padres se encuentra en el extranjero, el acompañante del menor tendrá que presentar una autorización de viaje consular apostillada en el Ministerio de Relaciones Exteriores y, de ser el caso, traducida.
Finalmente, Migraciones aclara que si uno de los padres ha fallecido, y el menor de edad viaja en compañía del padre o madre que sobrevive, se tendrá que entregar la copia del acta de defunción y el acta de nacimiento del menor, sin necesidad de la presentación de la autorización de viaje.
Más detalles se pueden encontrar en la página web del Estado peruano: www.gob.pe/144-autorizacion-de-viaje-para-menores-de-edad