La ministra de Producción, Rocío Barrios, manifestó que las actividades y comercios, que operarán desde mañana tras las disposiciones del Gobierno, brindarán solo servicios a domicilio, pues aún no se tiene previsto la apertura de centros de negocios.

“El concepto que debemos tener claro, en esta etapa de la cuarentena, es que todos los servicios van a tener que ser dados a domicilio. No van a haber negocios abiertos. Los negocios abiertos todavía no están en este momento autorizados”, indicó Barrios en RPP Noticias.

La titular de Produce dijo que se flexibilizaron medidas para que los ciudadanos “puedan sobrellevar” la extensión del estado de emergencia hasta el 30 de junio.

Precisó que las personas consideradas vulnerables al COVID-19 no podrán brindar los servicios que retornarán.

OFICIAL. El Gobierno publicó ayer el decreto supremo Nº 094-2020-PCM, que dispone las medidas para la “nueva convivencia”, bajo la apertura de nuevas actividades económicas y disposiciones sanitarias para la población.

Entre los comercios permitidos, a partir de mañana, están el servicio de comercio electrónico para la venta de calzado, ropa, electrodomésticos; apoyo de diagnóstico, odontología, oftalmología, veterinarias, etc.

También se contempla el servicio de aplicativos móviles para la entrega a domicilio; y labores técnicas independientes, como gasfitería, jardinería, electricidad, carpintería, peluquerías, entre otros.

Sobre las apps de delivery, Produce dispuso un protocolo sanitario, que prevé que las empresas brinden a sus operadores un seguro privado.

DETALLE. El decreto establece que los vehículos particulares solo podrán circular dentro del distrito de residencia para compras de alimentos, medicinas y trámites bancarios, con una persona en su interior. La excepción se da para el traslado de personas que requieran atención médica urgente.

También se señala que los bancos, mercados, supermercados y establecimientos minoristas operen con el 50% de su aforo y bajo el cumplimiento de las medidas sanitarias para el COVID-19, dictadas por el Ministerio de Salud.

Atención

El decreto supremo establece la entrega de medicamentos para el tratamiento del COVID-19 en el primer nivel de atención de salud en todo el país.