Sombra de nepotismo sigue a regidor Rolando Condezo
Sombra de nepotismo sigue a regidor Rolando Condezo

La gestión del alcalde Julio Chumbes afronta el segundo escándalo que podría afectar su popularidad. Dirigentes del Frente de Defensa piden la vacancia del primer regidor de la comuna, uno de sus hombres de confianza.

Se trata del regidor Rolando Condezo Suarez, quien es acusado porque el cuñado de su hijo, o hermano de su nuera, es el actual subgerente de promoción empresarial y turismo, José Carlos Camacho, Escobar.

“Estamos haciendo una investigación y en una reunión acordamos presentar una denuncia. No podemos permitir que estas autoridades entren, no pueden trabajar entre familiares”, afirmó Víctor Huayllani, presidente de la institución que pide la salida del regidor.

sUSTENTO. Los documentos con los que sustentan la vacancia son contundentes.

Presentaron el acta de matrimonio entre el hijo del regidor, José Manuel Condezo Díaz, con Yolanda Camacho Escobar, boda celebrada el 27 de diciembre del 2012 en la comuna de Huancavelica. También hay actas de nacimiento de Yolanda y José Carlos, la que demuestra que son hermanos de padre y madre.

El Código Civil, la Ley Orgánica de Municipalidades y la norma que alude a la de nepotismo ponen entre la espada y la pared al referido concejal.

La Ley Orgánica de Municipalidades por su lado establece que una causal de vacancia es el cometer el referido delito.

Al respecto, Rolando Condezo afirma que él no contrató, que el regidor no tiene la función de contratar y que esa es potestad del área de personal y del alcalde.

El abogado Arturo Tolentino Lucero, quien emite opinión externa, refiere que la exparlamentaria Elsa Canchaya, alegó lo mismo e igual fue desaforada.

La ley de nepotismo en los artículos 8 y 9, evoca la Ley de Municipalidades en la que dice que de comprobarse la comisión de un acto de nepotismo, la sanción para el funcionario será la suspensión sin goce de remuneración.

Esta norma podría alcanzar al alcalde, cuya función es designar a gerentes y subgerentes.

Rolando Condezo negó en todo momento tener parentesco con el funcionario referido, dijo que él no se casó con su nuera, que es su hijo quien tiene parentesco, pero no él.

Sin embargo, el artículo 237 del Código Civil dice que el matrimonio (en este caso el contraído entre Jose Manuel y Yolanda) producen parentesco por afinidad entre cada uno de los cónyuges con los parientes consanguíneos del otro.

La norma detalla que cada cónyuge se halla en igual línea y grado de parentesco por afinidad que el otro por consanguinidad.

“Así se divorcie, mientras esté vivo uno de los cónyuges, no podrá contratarlo”, explicó Tolentino Lucero.

Buscamos la versión de otros regidores, quienes decidirán la vacancia y prefirieron no adelantar opinión.

De acuerdo a la norma, son 30 días hábiles para que el alcalde convoque sesión extraordinaria si en ella ocho votan contra Condezo, podría ser vacado. Él puede apelar la decisión y será el JNE quien apruebe o no dicha votación.