El Quinto Juzgado Penal de Lima declaró fundada un hábeas corpus interpuesto por la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos en el que se pedía el ingreso libre a los venezolanos en nuestro país, sin necesidad de presentar pasaporte.
La magistrada Celia San Martín Montoya, del juzgado mencionado, dejó sin efecto la norma puestas por el Estado peruano, que exigía a los venezolanos tener pasaporte para ingresar a Perú.
La jueza recomendó a los demandados permitan ingresar al territorio nacional a venezolanos en estado de vulnerabilidad, llámese menores de edad, mujeres embarazadas, adultos mayores de sesenta años, personas con discapacidad o grave enfermedad.