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Acción Popular formalizó pedido para dejar sin efecto resolución del JNE que lo excluyó de Elecciones 2026

Mediante un escrito, alegó “serias afectaciones” a los derechos constitucionales de defensa, debido procedimiento, debida motivación, presunción de inocencia, así como al derecho a elegir y ser elegido, entre otros.
(Foto: Andina)

Redacción Diario Correo

Actualizado el 15/12/2025, 07:20 p.m.

El partido Acción Popular interpuso un recurso de nulidad ante el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) contra la resolución emitida el sábado 13 de diciembre, mediante la cual se anularon sus elecciones primarias y se dispuso su exclusión de las Elecciones Generales de 2026.

El escrito, remitido por el personero legal titular Fernando Arias-Stella y el secretario general del partido, Juan José Abad, sostiene que se produjeron “serias afectaciones” a derechos constitucionales como la defensa, el debido procedimiento, la debida motivación, la presunción de inocencia y el derecho a elegir y ser elegido, además de denunciar un “flagrante incumplimiento” del principio de legalidad por parte del JNE.

En ese sentido, solicita que se declaren improcedentes las impugnaciones presentadas contra las elecciones internas del partido de la lampa y que el JNE proclame los resultados del cómputo de los comicios primarios.

Sostiene que el organismo electoral actuó con una celeridad “sin precedentes” y que “deliberadamente” dejó de lado preceptos fundamentales que siempre ha procurado cautelar, “extralimitándose de su ámbito de atribuciones y competencias”.

Señala que el presidente del JNE, Roberto Burneo, no debió pasar por alto la realización de una audiencia pública en la que se expusieran los argumentos de ambas partes, ya que —afirma— existía tiempo suficiente para resolver las impugnaciones sin afectar los plazos preclusivos del calendario electoral.

“En los antecedentes y desarrollo de la Resolución, así como de la revisión de los expedientes de impugnación se puede observar que, en ningún momento, salvo cuando se notificó de la Resolución al personero legal titular de Acción Popular el día sábado 13 de diciembre de 2025, se tuvo la intención de informar a Acción Popular de los expedientes existentes para que se puedan presentar los descargos correspondientes, actuando clandestinamente a espaldas de Acción Popular como parte involucrada en la materia”, indican.

“En ese sentido, que el JNE haya emitido la Resolución ha roto con años de jurisprudencia y de irrestricto respeto al ejercicio del derecho de defensa, más aún considerando que ha tomado la máxima sanción que puede aplicársele a una organización política como es suprimirlo de la arena política del país, al negarle su participación y forzando la pérdida de su inscripción”, añaden.

Para los representantes del referido partido, “sí había plazo para tramitar estos temas de la manera adecuada sin violar los derechos constitucionales de Acción Popular”, mediante la convocatoria a una audiencia el sábado 13 de diciembre y la resolución del caso al día siguiente.

Finalmente, indican que la presidenta del Comité Nacional Electoral (CNE) de Acción Popular, Cinthia Pajuelo, es la única interlocutora válida designada para mantener comunicación con la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) en el contexto de las elecciones primarias.

“La señora Nathalie Vanessa Ubillús Trinidad y el señor Víctor Raúl Alderete Villarroel si bien forman parte del CNE de Acción Popular, no tienen facultades ni atribuciones para emitir correspondencia de la naturaleza de la Carta Nº 025-2025/CNE-AP (en adelante, la Carta) y Resolución Nº 069-2025/CNE-AP (en adelante, la Resolución)”, manifestaron.

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